El caso tiene una particularidad difícil de pasar por alto: el agente que terminó cesanteado por sus reiteradas ausencias pertenecía al Ministerio de Trabajo y Desarrollo Humano de Neuquén. Durante 2024 acumuló numerosas jornadas sin presentarse a su puesto y sin justificación.
El Gobierno provincial resolvió su cesantía por “abandono de cargo” y abrió además una investigación para determinar si percibió haberes correspondientes a los días en los que no prestó servicios.
Un calendario marcado por los faltazos
El agente, identificado como Héctor Osvaldo Pradena, era empleado de planta permanente del Ministerio de Trabajo y Desarrollo Humano.
Según consta en el expediente administrativo, las ausencias injustificadas se extendieron durante varios períodos de 2024: del 8 al 27 de marzo; del 3 al 12 de abril; del 16 al 23 de abril; el 29 y 30 de abril; del 2 al 8 de mayo; del 10 al 14 de mayo; del 16 de mayo al 14 de junio; y del 10 al 31 de julio.
En conjunto, se trata de casi dos meses de inasistencias acumuladas.
La investigación concluyó que ese comportamiento incumplió las obligaciones establecidas tanto por el Convenio Colectivo de Trabajo como por el Estatuto del Personal Civil de la Administración Pública Provincial.
Ahora buscan saber si cobró esos días
La cesantía no es el único paso adoptado. La administración inició actuaciones para establecer si Pradena percibió su salario durante los períodos en los que no concurrió a trabajar.
Si se determina que cobró por jornadas no trabajadas, deberá devolver el dinero. En caso de que no lo haga, el Gobierno prevé dar intervención a la Fiscalía de Estado para avanzar con las acciones judiciales correspondientes, ante una posible situación de enriquecimiento sin causa en perjuicio del Estado.
El expediente comenzó el 20 de agosto de 2024 y la cesantía se produjo en menos de dos años.
La defensa que no llegó
Durante el trámite administrativo, el agente fue convocado para brindar su declaración y ejercer su derecho a la defensa, pero no se presentó.
El decreto que dispuso la cesantía remarcó que los trabajadores públicos tienen la obligación de prestar personalmente sus servicios con eficiencia, capacidad y dedicación, en las condiciones y horarios establecidos por el organismo en el que fueron designados.
Para la administración, las ausencias reiteradas e injustificadas constituyeron una “grave violación de las obligaciones laborales del agente”.
También señaló que la documentación reunida mostró un “manifiesto desinterés” respecto de sus responsabilidades laborales, particularmente por la falta de prestación de servicios registrada entre marzo y julio de 2024.
Una señal sobre el cumplimiento dentro del Estado
El caso vuelve a poner el foco sobre una cuestión básica de cualquier administración pública: quien ocupa un puesto estatal debe cumplir con las tareas y horarios por los que recibe una remuneración.
En este caso, además, las ausencias se produjeron dentro del organismo provincial vinculado precisamente con el ámbito laboral.
La decisión de avanzar con la cesantía y, eventualmente, reclamar la devolución de haberes busca cerrar un expediente con consecuencias concretas frente a incumplimientos que fueron documentados durante la investigación.