La Justicia falló a favor de la Diócesis del Alto Valle y ordenó el desalojo de una familia que ocupaba una vivienda en el paraje El 30 de Cipolletti, otorgándole un plazo de 10 días para abandonar el lugar bajo amenaza del uso de la fuerza pública, en un caso que expone el choque entre el derecho de propiedad y una situación de fuerte vulnerabilidad social.
El conflicto, que llevaba años latente, finalmente estalló en los tribunales de Cipolletti, cuandoel obispado decidió avanzar con la demanda para recuperar el inmueble ubicado en Curri Lamuel, entre calles B13 Bis y B13. Según surge del expediente, la propiedad había sido comprada formalmente por la Diócesis, lo que terminó siendo la prueba clave que inclinó la balanza a su favor.
Pero detrás de los papeles hay una historia mucho más áspera. En un primer momento, el lugar había sido cedido de palabra al Municipio de Cipolletti para desarrollar tareas sociales. Sin embargo, cuando ese acuerdo terminó, y ante el temor de que la casa fuera usurpada, le eprmitieron a un cuidador que se instalara junto a su familia. En la demanda, la Iglesia aseguró que era por apenas dos años. El problema es que ese plazo se estiró mucho más de lo previsto ante la negativa de retirarse.
Con el paso del tiempo, la situación se volvió tensa. Desde la Diócesis comenzaron a reclamar la devolución del inmueble, primero de manera informal y luego a través de una instancia de mediación que fracasó. Del otro lado, el cuidador resistió. Alegó que vivía en ese lugar desde hacía más de una década, que había realizado mejoras y que siempre actuó como dueño. Incluso, planteó en la Justicia que su permanencia debía ser reconocida como un derecho adquirido.
Sin embargo, el juez fue tajante. Rechazó todas las defensas del ocupante, incluida la prescripción adquisitiva, al considerar que ese tipo de planteo no puede resolverse en un juicio de desalojo. Además, dejó en claro que la titularidad de la Diócesis estaba debidamente acreditada y que nunca fue cuestionada con pruebas contundentes.
Pero la resolución no se limita a un simple trámite judicial. El fallo ordena que la familia abandone la vivienda en un plazo de 10 días y advierte que, de no hacerlo, se procederá al desahucio con intervención de la fuerza pública. Un dato que eleva la tensión al máximo y deja al descubierto la crudeza del conflicto.
Aun así, la situación podría tener un freno momentáneo. El magistrado dispuso que antes de ejecutar el desalojo se identifique a todos los ocupantes y, en caso de que haya menores de edad, se dé intervención a la Defensoría de Menores. Es decir, el operativo podría demorarse si se detecta la presencia de niños, en un intento de evitar un escenario aún más delicado.
Por otro lado, desde el obispado del Alto Valle sostienen que necesitan recuperar el inmueble para poner en marcha actividades comunitarias, entre ellas cursos de formación laboral a través de Cáritas. También remarcaron que durante todos estos años el ocupante no abonó impuestos ni servicios, lo que habría generado un perjuicio económico.
Mientras tanto, del lado de la familia la realidad es otra. En su defensa, aseguró que tanto el cuidador como su pareja son personas mayores, con problemas de salud y sin recursos suficientes, lo que transforma el desalojo en una amenaza directa a su estabilidad.
Así, el caso deja al descubierto una escena cada vez más repetida: la colisión entre los derechos legales y las urgencias sociales. Y ahora, con una orden judicial firme sobre la mesa, la cuenta regresiva ya empezó. El desenlace puede ser inminente.