Un hombre que mantiene una deuda alimentaria superior a los siete millones de pesos con sus hijos no podrá salir del país ni conducir hasta que regularice la situación. La Unidad Procesal de Familia de Bariloche dispuso la prohibición de egreso del territorio nacional y la retención de la licencia de conducir como parte de un conjunto de medidas orientadas a garantizar el cumplimiento de las obligaciones parentales.
La resolución judicial no se limitó a esas restricciones. El fallo avanzó sobre un terreno cada vez más utilizado para administrar dinero y ordenó revisar las billeteras virtuales del demandado. Se libraron oficios a plataformas como Mercado Pago, Ualá y Naranja X para identificar cuentas y saldos, con el objetivo de detectar fondos embargables que permitan cubrir la deuda acumulada.
En la misma decisión, la jueza interviniente intimó a la empleadora del hombre por incumplir con los requerimientos de información en el expediente. La magistrada ordenó comunicar la restricción a los organismos de frontera para impedir cualquier salida del país y dispuso bloquear el uso y la renovación del registro de conducir.
La sentencia monitoria se dictó sobre una deuda que se incrementó con el paso del tiempo sin que el progenitor cumpliera con los pagos. La ejecución avanzó para hacer efectivo el crédito reclamado, en un contexto donde la madre de los niños solicitó medidas concretas que produzcan resultados inmediatos.
El expediente también expuso dificultades en la aplicación de otras disposiciones. La empresa empleadora del demandado no respondió a los oficios judiciales que debían informar sobre retenciones salariales ni sobre la existencia de embargos previos. Esa falta de datos impidió conocer con precisión qué descuentos se aplicaban y bajo qué condiciones.
Frente a esa situación, la Unidad Procesal reiteró el requerimiento, fijó un plazo de cinco días para que la compañía cumpliera y estableció una multa diaria en caso de persistir el incumplimiento. La decisión apuntó a obtener información clave para sostener la ejecución y garantizar que los fondos lleguen a los destinatarios.
La resolución también incluyó un pedido de informes al Registro Público de Juicios Universales para determinar si el hombre tiene o ha tenido participación en procesos sucesorios. En caso de detectarse esa situación, la jueza podrá avanzar sobre los derechos hereditarios que le correspondan como parte de la ejecución.
Todas estas medidas se inscriben dentro de las atribuciones que tienen los tribunales de familia para intervenir en ejecuciones de alimentos. Se trata de herramientas que buscan sostener el proceso y generar condiciones que permitan que las decisiones judiciales se cumplan de manera efectiva, asegurando el derecho de los hijos a recibir la asistencia que les corresponde.