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Estafas con terrenos en Neuquén: el fallo que sienta un precedente y busca reparar a las víctimas

La Justicia no solo condenó a Miriam Godoy, coautora de 63 hechos cometidos a través de la Cooperativa 14 de Octubre, también ordenó decomisar el inmueble donde funcionaba la misma.

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Para el fiscal de la Unidad de Delitos Económicos, Juan Narváez, el valor del fallo está precisamente en que la respuesta judicial no termina con la condena penal.

La condena a cinco años de prisión efectiva para Miriam Claudia Alejandra Godoy por 63 estafas cometidas a través de la Cooperativa 14 de Octubre tuvo un elemento que va mucho más allá de la pena impuesta: la Justicia ordenó decomisar el inmueble que era utilizado para desarrollar la maniobra y estableció que, una vez subastado, el dinero deberá ser destinado a las víctimas.

Para el fiscal de la Unidad de Delitos Económicos, Juan Narváez, esta decisión constituye un precedente central para futuras investigaciones vinculadas con estafas inmobiliarias, cooperativas y planes de acceso a terrenos o viviendas.

En diálogo con el programa Entretiempo, de AM550, el fiscal destacó que desde la implementación del nuevo Código Procesal Penal, en 2014, no existía en Neuquén un antecedente de estas características. “Es la primera vez que en el proceso penal se obtiene un decomiso de estas características”, explicó Narváez. El inmueble está ubicado en España 467 de la ciudad de Neuquén, donde funcionaba la cooperativa involucrada en las maniobras.

Entre 2016 y 2022, captaron a personas que se acercaban con la expectativa de acceder a terrenos o viviendas mediante facilidades de pago.

Un inmueble que puede convertirse en reparación

El decomiso no implica una reparación inmediata. La resolución debe quedar firme y, posteriormente, deberá avanzar el proceso para concretar la subasta del inmueble. Recién entonces podrá determinarse cuánto dinero se obtiene y cómo se distribuye entre las víctimas.

Narváez explicó que el objetivo es que el producido del remate sea repartido proporcionalmente entre las 63 familias afectadas.

El fiscal fue claro al señalar que el valor del inmueble probablemente no alcance para compensar todo el perjuicio económico provocado. Sin embargo, consideró que la medida representa una respuesta concreta para quienes perdieron sus ahorros con la expectativa de acceder a un terreno o una vivienda. “De cierta forma se le da un poquito de respuesta, más allá de la condena, en términos económicos a estas familias”, señaló.

La particularidad de la medida radica en que un bien utilizado dentro de la estructura de la maniobra fraudulenta puede terminar transformándose en un recurso destinado a quienes fueron perjudicados por esa misma maniobra.

El fiscal fue claro al señalar que el valor del inmueble probablemente no alcance para compensar todo el perjuicio económico provocado. Sin embargo, consideró que la medida representa una respuesta concreta para quienes perdieron sus ahorros con la expectativa de acceder a un terreno o una vivienda. “De cierta forma se le da un poquito de respuesta, más allá de la condena, en términos económicos a estas familias”, señaló.

El precedente que mira hacia otras cooperativas

Para la Fiscalía, la importancia del fallo no se limita a este caso. La resolución también puede marcar un criterio para futuras investigaciones sobre organizaciones que ofrecen terrenos, viviendas o facilidades de acceso a la vivienda y terminan utilizando esa estructura para cometer delitos.

Narváez remarcó que la resolución constituye un antecedente especialmente relevante porque combina dos aspectos: una condena de cumplimiento efectivo por estafa y el decomiso de un inmueble vinculado con la maniobra. “Desde más o menos 2014, que tenemos el nuevo Código Procesal, hasta la fecha no ha habido un antecedente de estas características”, sostuvo.

El fiscal consideró que el fallo también tiene un componente preventivo. La posibilidad de que, además de una condena penal, se avance sobre bienes vinculados con una maniobra fraudulenta puede funcionar como un elemento disuasivo para quienes pretendan replicar este tipo de conductas.

“De cierta forma se previene o no se incentiva a otras personas a llevar a cabo este tipo de conductas”, explicó.

 

Una maniobra que se extendió durante casi seis años

Según la investigación, Godoy y el entonces presidente de la Cooperativa 14 de Octubre, Cristian Del Río —quien ya había sido condenado a tres años de prisión mediante un juicio abreviado— aprovecharon la trayectoria y la confianza que la entidad había construido en la ciudad.

Entre 2016 y 2022, captaron a personas que se acercaban con la expectativa de acceder a terrenos o viviendas mediante facilidades de pago.

La Fiscalía determinó que fueron 63 las familias afectadas, muchas de las cuales entregaron sus ahorros con la intención de construir su casa propia.

Ese aspecto fue especialmente considerado al momento de determinar la pena. Entre los agravantes valorados por el tribunal estuvieron la planificación de la maniobra, la estructura utilizada, el abuso de la confianza generada por la cooperativa, la cantidad de víctimas, el tiempo durante el cual se desarrollaron los hechos y la magnitud del daño económico.

Según la investigación, Godoy y el entonces presidente de la Cooperativa 14 de Octubre, Cristian Del Río —quien ya había sido condenado a tres años de prisión mediante un juicio abreviado— aprovecharon la trayectoria y la confianza que la entidad había construido en la ciudad. Entre 2016 y 2022, captaron a personas que se acercaban con la expectativa de acceder a terrenos o viviendas mediante facilidades de pago.

Una respuesta que excede la prisión

La decisión judicial adquiere así una dimensión que excede la discusión sobre cuántos años deberá permanecer presa la responsable. Para las familias damnificadas, el proceso penal también abre ahora la posibilidad de recuperar, aunque sea parcialmente, parte del dinero perdido.

Algunas de ellas lograron acceder a una reubicación de los terrenos mediante una organización propia y facilidades de pago otorgadas por el municipio. Sin embargo, esos nuevos terrenos no tienen relación con los que habían adquirido originalmente a través de la cooperativa. La eventual subasta del inmueble podría permitirles recuperar una parte de lo que pagaron. El monto final de esa reparación todavía es una incógnita: dependerá del valor que alcance el inmueble en el remate y de la distribución que corresponda entre las 63 familias.

Para Narváez, el valor del fallo está precisamente en que la respuesta judicial no termina con la condena penal. El Estado avanza también sobre un bien vinculado con la maniobra para intentar que parte de ese patrimonio vuelva a quienes fueron perjudicados.

Hacia adelante, queda instalado un antecedente que podría ser determinante en investigaciones similares: una estafa vinculada con la promesa de acceso a una vivienda no solo puede derivar en una condena efectiva, sino también en el decomiso de bienes y su eventual utilización para reparar a las víctimas.

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