Un fallo judicial dispuso que Educación deberá asignar una Maestra de Apoyo a la Inclusión a una estudiante secundaria con discapacidad, con una cobertura de 20 horas semanales. La resolución se dictó tras constatar que la asistencia brindada por una Técnica de Apoyo en la Escuela resultaba insuficiente, ya que tenía a su cargo a nueve estudiantes de la institución.
La situación no era nueva. En 2024, una acción de amparo había derivado en la incorporación de una Técnica de Apoyo. Sin embargo, dos años después, la familia de la adolescente debió contratar por su cuenta una maestra de apoyo, recurso que se sostuvo de manera privada hasta que el costo se volvió imposible de afrontar. Con informes profesionales que prescribían un acompañamiento de 20 horas semanales, la madre volvió a recurrir al Poder Judicial.
El reclamo se dirigió inicialmente contra el Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS), que rechazó la acción al sostener que la prestación dentro de una escuela pública correspondía al Ministerio de Educación. La cartera educativa también pidió el rechazo, argumentando que ya cumplía con la sentencia de 2024 mediante la Técnica de Apoyo.
Los informes solicitados durante el proceso mostraron las limitaciones de esa respuesta. La propia institución educativa señaló que la estudiante necesitaba el trabajo articulado de ambos apoyos: la Técnica y la Maestra de Inclusión. La documentación destacó que esta última permitía ofrecer asistencia individual en momentos clave de la jornada, facilitar el acceso a propuestas pedagógicas y sostener la participación en actividades que, sin ese recurso, resultaban de difícil acceso.
La jueza consideró que la creación de un nuevo cargo anunciada por Educación no era suficiente, ya que aún no estaba cubierto ni tenía fecha cierta de implementación. Para fundamentar su decisión, recurrió a la Constitución de Río Negro, la legislación nacional y provincial y tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que obliga a garantizar apoyos necesarios para un sistema educativo inclusivo.
La sentencia estableció que la respuesta estatal no se agota con asegurar el acceso a una escuela, sino que debe ofrecer los recursos que cada estudiante necesita para aprender y participar en igualdad de condiciones. En este caso, los informes coincidieron en la importancia de mantener los dos apoyos, al cumplir funciones diferentes y complementarias.
Finalmente, la resolución rechazó el amparo contra IPROSS y atribuyó la responsabilidad al Ministerio de Educación, que deberá asignar una Maestra de Apoyo a la Inclusión con cobertura de 20 horas semanales dentro de los 15 días posteriores a la notificación.