A partir de este sábado 1 de agosto, entró en vigencia el nuevo Código Procesal Civil Adversarial (CPCA) en toda la provincia del Neuquén. La reforma, aprobada por la Ley 3551, reemplazó al código procesal que regía desde 1975. Este cambio convierte a Neuquén en la primera provincia de la Argentina en aplicar el modelo adversarial a los juicios civiles y comerciales.
“El nuevo Código, que fue promovido por el Poder Ejecutivo Provincial y sancionado por la Honorable Legislatura, es el resultado de un amplio proceso de elaboración, análisis y debate, del que participaron magistradas y magistrados, funcionarias y funcionarios judiciales, colegios de abogados, universidades y actores sociales y académicos de toda la provincia”, señaló el presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Dr. Gustavo Mazieres, en una carta dirigida al personal del Poder Judicial neuquino.
El modelo adversarial no es una novedad para la provincia: es el mismo esquema que Neuquén ya aplica en materia penal, donde las partes litigan —presentan pruebas, argumentan y pueden alcanzar acuerdos— y el juez concentra su función en garantizar el debido proceso y resolver.
Hasta el viernes passado, el código procesal civil vigente desde 1975 era, en los hechos, una réplica del Código Procesal Civil de la Nación, como ocurrió en la mayoría de las provincias argentinas en aquella época. Desde este 1 de agoto, por primera vez, Neuquén cuenta con reglas procesales civiles propias, pensadas para sus conflictos, su geografía y sus necesidades actuales.
Qué cambia con el nuevo Código Procesal Civil Adversarial (CPCA)
Con el nuevo sistema, las partes y sus abogados pasan a marcar el ritmo del proceso judicial: presentan pruebas, argumentan y pueden alcanzar acuerdos sobre el procedimiento o sobre la prueba, mientras el juez concentra su función en garantizar un proceso justo y resolver.
Las audiencias, reservadas para los procesos de mayor complejidad, se convierten en un espacio de encuentro cara a cara entre las partes y el juez, donde muchas veces se cierran esos acuerdos; los procedimientos que no las requieren mantienen la vía escrita, con la posibilidad de convocarlas si las partes así lo solicitan.
Qué sucede en las sucesiones
En las sucesiones se eliminan trámites innecesarios y, si hay acuerdo entre los herederos, la partición de los bienes puede resolverse de manera privada, con incentivos para optar por esa vía.
Qué sucede con los desalojos
Los desalojos cuentan con un procedimiento especial de plazos más breves, que puede avanzar incluso durante la feria judicial, y el cobro de deudas se tramita de manera más ágil.
La digitalización de expedientes elimina gastos y agiliza el proceso
Los documentos digitales — como mails, mensajes y otros archivos— tienen pleno valor probatorio, y el beneficio de gratuidad del proceso judicial, que hasta hoy implicaba un trámite largo con informes y testigos, se solicita ahora con una simple declaración jurada. El expediente digital y las notificaciones electrónicas son la regla general, pero se mantiene el papel disponible ante cualquier contingencia.
Más transparencia y garantías
Entre las novedades, las audiencias orales quedarán registradas en audio y video, lo que suma un nivel adicional de transparencia al proceso. Además, aquellas personas que tengan una causa en trámite pueden estar tranquilos: todo lo presentado hasta el momento conserva su validez. A partir de este sábado se aplican las reglas del nuevo Código.