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Lunes 13 de Abril, Neuquén, Argentina
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De trabajadora rural a heredera de un empresario frutícola: la historia que sacudió a una familia

Una mujer del Alto Valle logró que la Justicia de Roca reconociera su filiación paterna tras casi ocho décadas. Un ADN irrefutable confirmó el vínculo con un poderoso empresario frutícola que nunca la reconoció.

Lunes, 13 de abril de 2026 a las 10:28
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Corría el año 1946, tras el final de la Segunda Guerra Mundial. En Allen comenzaba una historia marcada por el abandono, el silencio y una verdad que tardó 77 años en imponerse.

Una mujer de 77 años logró que la Justicia de General Roca reconociera su filiación paterna tras toda una vida de negación. El fallo confirmó, con una prueba de ADN contundente, que es hija biológica de un empresario frutícola del Alto Valle que jamás la reconoció en vida.

Todo comenzó en 1946, en los viñedos de Allen. Ella era una joven trabajadora rural; él, el hijo de un poderoso productor con chacras, galpones y frigoríficos. La relación existió y de ese vínculo nació una niña. Sin embargo, lo que siguió fue el silencio absoluto: el hombre sabía de su hija, pero nunca le dio su apellido.

Con el paso del tiempo, la situación se volvió crítica. La madre enfermó y, sin recursos para sostenerla, entregó a la niña a otra familia del Alto Valle. Años más tarde, terminó en un patronato de infantes y perdió todo contacto con su origen. Mientras tanto, su padre permaneció ausente, con una única aparición: un aporte económico aislado cuando ella tenía 15 años.

Décadas después, ya con 77 años y tras la muerte del hombre, la mujer decidió romper el silencio y reclamar su identidad. Inició una demanda de filiación que sacudió a una familia que, hasta ese momento, negaba su existencia. Los herederos aseguraron no conocerla, pero aceptaron someterse a una prueba genética.

El resultado fue demoledor. El estudio de ADN arrojó un grado de certeza superior al 99,999999999%, confirmando el vínculo biológico. Nadie lo impugnó. Con esa prueba, la Justicia avanzó y reconoció la filiación paterna extramatrimonial post mortem, poniendo en primer plano el derecho a la identidad.

El fallo no solo confirmó la verdad biológica, sino que también ordenó modificar el nombre de la mujer para que incorpore el apellido paterno, tal como ella lo pidió. Además, dispuso su inscripción en el Registro Civil y dejó abierta la posibilidad de que sea incluida en la sucesión.

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