MASACRE DE NAPALPÍ

Piden juicio por una masacre ocurrida en 1924 en Chaco

Será un "juicio por la verdad". No tendrá sanciones porque ningún imputado vive. El caso es considerado un "crimen de Estado".
sábado, 17 de julio de 2021 · 11:33

El 19 de julio de 1924 el territorio nacional del Chaco era un hervidero. Campesinos y pueblos originarios se habían alzado contra el gobierno de entonces reclamando una justa retribución por la cosecha de algodón o poder trasladarse libremente hasta los ingenios de Jujuy o Salta que les ofrecían mejores pagas.

Muy lejos de darle solución al conflicto, el gobernador Fernando Centeno ordenó el despliegue de 130 policías fuertemente pertrechados y aceptó la colaboración de grupos de civiles armados para “acallar” la protesta.

La partida represora partió desde Quitilipi hasta Napalpi y, según los relevamientos efectuados por historiadores y recabados por la fiscalía en 2014, “durante 45 minutos la policía descargó más de 5 mil balas de fusil sobre la población de Napalpi. Las víctimas fueron estimadas en 423, entre aborígenes y cosecheros de Santiago del Estero, Corrientes y Formosa, aunque un 90 por ciento de todos ellos pertenecían a comunidades originarias. Unos 38 niños lograron escapar de la matanza, pero luego al menos la mitad fueron entregados como sirvientes en las localidades de Quitilipi y Machagai, mientras que el resto murió en el camino. Sólo quince adultos lograron sobrevivir”.

Noventa y siete años después, la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía Federal de Resistencia, integrada por los fiscales generales Federico Carniel y Carlos Amad, el fiscal federal Patricio Sabadini y el fiscal ad hoc Diego Vigay, solicitó la realización de un “juicio por la verdad” por la denominada “Masacre de Napalpí”, tras cerrar una investigación preliminar abierta en 2014 en la que reunieron testimonios y documentos históricos.

En su presentación ante el Juzgado Federal 1 de Resistencia, los fiscales plantearon que los hechos históricos conocidos como la Masacre de Napalpí -que tuvieron como víctimas a comunidades originarias, hacheros y campesinos-, constituyen un crimen de lesa humanidad cometido por el Estado Argentino.

Los juicios por la verdad son instancias judiciales sui géneris que tuvieron su génesis en la Argentina de fines de los '90 cuando se abrieron las investigaciones para determinar el destino de los desaparecidos durante la última dictadura cívico-militar e individualizar a los responsables. Con una salvedad, la finalidad no era imponer sanciones porque estaban vigentes las leyes de Punto Final y Obediencia Debida. En el caso de la Masacre de Napalpí la imposibilidad de sanción está dada en que no hay personas imputadas vivas.

En efecto, los fiscales consideraron en su presentación que existen fundados antecedentes en el proceso de juzgamiento de crímenes de la última dictadura en diversos tribunales federales de todo el país, en la década del  ‘90, cuando estaban aún vigentes las leyes de punto final y obediencia debida. En ese sentido, señalaron uno que tuvo lugar en la provincia de Chaco, impulsado por el juez federal Carlos Skidelsky, que devino en los juicios Caballero 1 y Masacre de Margarita Belén. Mencionaron también que la Cámara Federal de Resistencia estableció en el año 2015 la imprescriptibilidad en el fuero penal de la Masacre de Rincón Bomba, ocurrida en 1947, contra el pueblo Pilagá en la provincia de Formosa, tras una investigación realizada por el licenciado en Criminalística Enrique Prueger, quien logró descubrir las fosas comunes donde habían sido enterrados centenares de cadáveres masacrados por las fuerzas de seguridad.

Mantenete informado todo el día. Escuchá AM550 La Primera aquí

Seguinos por la tele, en CN247 aquí

Comentarios