El Gobierno oficializó un nuevo plan de retiro voluntario para el personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), en el marco de las políticas de modernización y reducción del gasto público impulsadas por la administración de Javier Milei.
La iniciativa, denominada Plan de Retiros de Voluntad Recíproca (RVR), fue formalizada a través de la Resolución 68/2026 publicada en el Boletín Oficial. Se basa en el Artículo 241 de la Ley de Contrato de Trabajo (N° 20.744), que establece que la desvinculación ocurre por "voluntad concurrente" de ambas partes, es decir, un acuerdo mutuo entre el empleado y la entidad.
Para concretar el retiro, el acuerdo debe formalizarse mediante escritura pública o ante la autoridad judicial o administrativa del trabajo, y luego debe presentarse ante el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria (SECLO) para su ratificación y homologación.
Quiénes pueden adherirse al plan de retiro
El plan está dirigido a empleados con al menos dos años de antigüedad en ANSES, quienes podrán adherirse de manera estrictamente voluntaria. ANSES evaluará y aprobará cada solicitud, sin que ello genere un derecho automático para los trabajadores.
Existen exclusiones claras para quienes estén procesados o condenados por delitos contra la administración pública, involucrados en procedimientos disciplinarios, quienes hayan iniciado trámites jubilatorios o presentado renuncia, mayores de 62 años, y aquellos con litigios laborales en curso, salvo que renuncien expresamente a ellos.
El período para adherirse se extenderá hasta el 5 de abril de 2026, inclusive. En casos de empleados que se encuentren en licencia anual ordinaria o por maternidad, la firma del acuerdo podrá posponerse hasta la finalización de dichas licencias.
Los trabajadores con mandatos sindicales vigentes deberán renunciar a su cargo y a la tutela sindical para poder aplicar al plan, debiendo acreditar esta renuncia ante la Dirección de Relaciones Sindicales.
Beneficios económicos: Los empleados que acepten el retiro recibirán una gratificación extraordinaria única equivalente al 90% por cada año de antigüedad efectiva en ANSES o fracción mayor a tres meses. Este cálculo se realiza sobre los conceptos brutos mensuales normales, regulares, permanentes y habituales, con un tope máximo de 24 haberes brutos.
El pago de esta gratificación se efectuará en una sola cuota hasta un máximo de $80 millones. En los casos donde el monto supere esta cifra, se abonará en dos cuotas mensuales iguales y consecutivas.