¿Quiere recibir notificaciones de alertas?

Logo Am2022
PUBLICIDAD

El Gobierno ya no financiará pasajes gratis a personas con discapacidad y niños con cáncer: lo deben hacer las empresas

A partir de ahora, las compañías deberán absorber ese costo dentro de su esquema operativo, aunque el derecho de los beneficiarios a viajar sin cargo seguirá vigente.

Agregar Mejorinformado en
Agrega Mejorinformado a tus medios preferidos en Google
Martes, 26 de mayo de 2026 a las 13:51
PUBLICIDAD
El Gobierno sostiene que las empresas ya pueden cubrir esos costos gracias a la libertad tarifaria.

El Gobierno deja de financiar los pasajes gratuitos en micros de larga distancia a personas con discapacidad, trasplantados y menores con cáncer, delegando esa responsabilidad en las empresas.

La decisión adoptada por la Secretaría de Transporte se da mediante la Resolución 28/2026, publicada en el Boletín Oficial, que deroga el esquema de compensaciones económicas que el Estado Nacional otorgaba a las empresas de micros de larga distancia por los pasajes gratuitos emitidos por ley.

La normativa derogada establecía que el Estado compensaba parcialmente a las empresas por los tickets otorgados a personas con discapacidad, a personas trasplantadas o en lista de espera (SINTRA) y a menores con cáncer. En los considerandos de la nueva resolución, el Ejecutivo argumentó que este sistema de subsidios nació en un contexto de “emergencia”, generando “un esquema de regulación tarifaria con fuerte intervención estatal que limitaba la posibilidad de los operadores de fijar libremente sus precios”.

La CNRT controlará que continúen entregándose pasajes gratuitos pese al fin de compensaciones estatales.

Con la desregulación del transporte interjurisdiccional aprobada por el Decreto 883/2024, sostuvo que se produjo “una modificación sustancial del paradigma regulatorio vigente, estableciendo un régimen basado en la libertad tarifaria, la simplificación normativa y la promoción de la competencia”. En este marco, desde Transporte consideran que la capacidad de los transportistas para fijar libremente sus precios, recorridos y horarios les permite ahora "internalizar dentro de su estructura de costos las obligaciones legales".

De esta manera, la administración de Javier Milei considera que, al no existir ya bandas tarifarias impuestas, las empresas deben absorber el costo de los pasajes gratuitos como parte de su operación comercial habitual.

La gratuidad para los pasajeros sigue vigente

La resolución no elimina el derecho de los usuarios a viajar sin cargo. El documento aclara explícitamente que el derecho a la gratuidad previsto en las leyes 22.431 (discapacidad), 26.928 (trasplantados) y 27.674 (oncología infantil) “permanece plenamente vigente y exigible frente a los transportistas”.

En este sentido, el Gobierno puntualizó que “el eventual impacto económico de la decisión se circunscribe exclusivamente a la relación financiera entre el Estado y los operadores privados”.

Para garantizar que las empresas sigan cumpliendo con la entrega de los pasajes a pesar de no recibir la compensación estatal, la resolución encomienda a la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) el mantenimiento de los procedimientos de control y fiscalización necesarios.

La medida entra en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial, aunque incluye una cláusula para resguardar los pagos de compensaciones que ya se hubieran devengado antes de esta fecha.
 

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD