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Presenció la muerte de un compañero en un yacimiento petrolero de Neuquén y la Justicia ordenó indemnizarlo

El trabajador desarrolló un trastorno de estrés postraumático después de presenciar un accidente fatal ocurrido en 2018. La ART había rechazado el reclamo al sostener que la patología no estaba relacionada con el hecho, pero la Cámara de Apelaciones 2 confirmó la condena.

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Martes, 27 de octubre de 2026 a las 13:42
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El trabajador petrolero vio como un compañero murió luego de que le cayera una válvula en la cabeza. Foto: ilustrativa.

Una válvula de aproximadamente 35 kilos cayó desde una altura de 15 metros e impactó sobre un trabajador petrolero, que murió pocos minutos después. El accidente ocurrió en septiembre de 2018, mientras otro operario se desempeñaba como supervisor de herramientas en el yacimiento. Este último presenció la escena, colaboró con la asistencia y permaneció en el lugar hasta el fallecimiento de su compañero.

Con el paso del tiempo, el trabajador comenzó a experimentar temor frente a los riesgos de su actividad y angustia al recordar lo sucedido. Años después sufrió ataques de pánico y debió iniciar tratamientos psicológico y psiquiátrico. A partir de esa situación, reclamó una indemnización a la aseguradora de riesgos del trabajo (ART), que rechazó el planteo al considerar que su patología no tenía relación con el episodio laboral.

Sin embargo, un fallo de primera instancia hizo lugar al reclamo y la Cámara de Apelaciones 2 confirmó la decisión. Los jueces consideraron acreditada la relación entre el accidente fatal que presenció el trabajador y las secuelas psicológicas que desarrolló posteriormente.

La ART rechazó el reclamo por el tiempo transcurrido

Después del accidente, el trabajador recibió una licencia de 15 días y luego retomó sus tareas. Según relató en la demanda, las consecuencias emocionales se manifestaron progresivamente, hasta afectar su vida cotidiana y su desempeño laboral.

La aseguradora cuestionó las conclusiones de la pericia psiquiátrica y sostuvo que “la patología mencionada no tiene grado de vinculación alguno con la actividad laboral realizada”.

También objetó el tiempo transcurrido entre el accidente, ocurrido en 2018, y la primera manifestación invalidante, establecida en abril de 2023. Para la ART, ese intervalo temporal ponía en duda que el cuadro psicológico fuera consecuencia directa del hecho.

No obstante, la evaluación pericial diagnosticó un trastorno de estrés postraumático y describió síntomas compatibles con esa afección: angustia intensa, dificultades para dormir, pesadillas relacionadas con el accidente, miedo constante durante el trabajo, irritabilidad y reacciones disociativas. Además, descartó que existiera simulación por parte del trabajador.

Las pericias acreditaron las secuelas psicológicas

En primera instancia, el juez Eduardo Richter consideró probado que el empleado había sido testigo directo del accidente fatal y que, posteriormente, había recibido atención psicológica y psiquiátrica. El magistrado entendió que el tiempo transcurrido hasta la denuncia de la enfermedad no era suficiente para descartar el vínculo entre el episodio traumático y las secuelas comprobadas mediante las evaluaciones profesionales.

La causa llegó luego a la Sala B de la Cámara de Apelaciones 2, integrada por Nancy Vielma y Juan Manuel Menestrina, que confirmó la decisión. Los magistrados destacaron que las pericias permitieron reconstruir la evolución de los síntomas desde el accidente y establecer su relación con lo ocurrido en el yacimiento.

Entre los elementos valorados, señalaron que el trabajador había comenzado a experimentar angustia y miedo después del hecho. También se observó una mejoría durante la interrupción de actividades por la pandemia, seguida de un nuevo deterioro cuando retomó sus tareas habituales.

Al volver al trabajo, reaparecieron la inseguridad, los problemas para dormir y los cambios de carácter, aspectos que fueron considerados relevantes para establecer la relación entre el entorno laboral y el cuadro psicológico.

La Cámara también ponderó que el diagnóstico psiquiátrico se sustentara en una entrevista extensa y en distintas pruebas específicas para evaluar el estrés postraumático y la depresión.

La Justicia confirmó la obligación de indemnizar

Con esos elementos, los jueces ratificaron que existía una relación entre el accidente fatal presenciado en 2018 y la incapacidad psicológica del trabajador. De esa manera, quedó confirmado el fallo que obliga a la ART a indemnizarlo.

La resolución puso el foco en las consecuencias psicológicas que puede dejar la exposición directa a un accidente laboral fatal, incluso cuando la persona afectada no es quien sufre las lesiones físicas.

En este caso, las evaluaciones profesionales y la evolución de los síntomas resultaron determinantes para sostener el vínculo entre el hecho traumático y la enfermedad, pese al tiempo transcurrido antes de que se identificara formalmente la incapacidad.

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