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Borracho, a más de 70 km/h y en contramano: deberá pagar más de 52 millones de pesos por un choque en Zapala

El responsable conducía a 72 kilómetros por hora, superior a lo permitido, se cruzó de carril y la alcoholemia le dio 1.44g/l, cuando lo permitido es 0.

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La camioneta se cruzó de carril e impactó contra la moto, hiriendo a su conductor.

Un fallo judicial condenó a un conductor a indemnizar con más de 52 millones de pesos a un motociclista que sufrió graves lesiones en un siniestro vial ocurrido en Zapala. La sentencia tuvo por acreditado que el automovilista circulaba en contramano, a exceso de velocidad y con alcoholemia positiva. Según el relato de la demanda, tras el impacto -que desplazó a la moto más de 20 metros- continuó su marcha y se retiró del lugar sin asistir a la víctima.

La decisión se fundamentó en la pericia accidentológica incorporada al expediente, que permitió reconstruir la mecánica del hecho a partir de la inspección del lugar, el análisis de los daños en los vehículos y los registros fílmicos de cámaras de seguridad.

La filmación, además, fue utilizada para estimar la velocidad previa al impacto, calculada en 72 kilómetros por hora, por encima del máximo permitido para un cruce urbano sin semaforización.

Cómo fue el siniestro vial

De acuerdo con el informe, la motocicleta circulaba por la avenida San Martín en sentido norte-sur, mientras que la camioneta lo hacía por calle Avellaneda en sentido contrario al permitido. Al llegar a la intersección, el vehículo de mayor porte invadió la mano del rodado menor y se produjo el impacto entre el frente de la camioneta y el lateral derecho de la moto.

El juez civil sostuvo que “no se verifica la existencia de un hecho de la víctima que permita interrumpir el nexo causal”, así como “tampoco se acredita la intervención de un tercero ajeno ni la configuración de un caso fortuito”. 

Qué sostuvo el juez

Descartó, en ese sentido, factores naturales o inevitables que hayan tenido incidencia y afirmó que “el hecho se presenta como plenamente previsible y derivado de una acción humana antirreglamentaria: conducción en contramano, a velocidad excesiva y bajo los efectos del alcohol (1,44 gramos de alcohol en por litro de sangre)”.

Para determinar el monto de la indemnización, el magistrado consideró las lesiones sufridas por la víctima, que requirieron intervenciones quirúrgicas, colocación de material de osteosíntesis y tratamiento de rehabilitación. También tuvo en cuenta las secuelas físicas y psicológicas derivadas del hecho.

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