La Justicia de Neuquén condenó a los padres de un adolescente de consideración luego de ser derribado de una bicicleta durante una riña ocurrida en un skatepark de Plottier. La sentencia, dictada por la jueza civil María Eliana Reynals y posteriormente confirmada por la Sala II de la Cámara de Apelaciones, estableció que el adolescente demandado empujó a la víctima y que esa acción tuvo una relación directa con las graves lesiones sufridas.
El episodio ocurrió en el marco de conflictos previos entre grupos de estudiantes que asistían al mismo establecimiento educativo. Durante el proceso judicial, las partes ofrecieron versiones diferentes sobre el origen de las disputas y se atribuyeron mutuamente amenazas y provocaciones.
Fracturas, cirugía y secuelas psicológicas
Tras la agresión, el joven lesionado recibió atención médica de urgencia. Los estudios determinaron fracturas en la nariz y en la zona maxilar, lesiones que requirieron una intervención quirúrgica reparadora.
Además, una pericia psicológica incorporada al expediente concluyó que la víctima presenta estrés postraumático como consecuencia del hecho.
Durante el juicio también se acreditó que el adolescente modificó hábitos de su vida cotidiana después de la agresión. Testigos señalaron que dejó de practicar ciclismo, evitaba determinados recorridos por temor a encontrarse con los involucrados y finalmente se cambió de colegio.
La Justicia responsabilizó a los padres del agresor
La magistrada consideró probado que el hijo de los demandados fue quien provocó la caída que derivó en las lesiones. Por tratarse de un menor de edad al momento del hecho, determinó la responsabilidad civil de sus padres.
La condena incluye el pago de gastos médicos, farmacológicos y de traslado, además de una indemnización por daño moral para la víctima y sus progenitores. También contempla el tratamiento psicológico necesario para afrontar las secuelas del episodio.
Los demandados intentaron atribuir las lesiones a la intervención de un tercer adolescente que, según sostuvieron, habría golpeado a la víctima cuando ya estaba en el suelo. Sin embargo, esa hipótesis no pudo ser acreditada durante el proceso.
La Cámara confirmó la sentencia y rechazó la apelación
Los padres del agresor apelaron el fallo argumentando que no existían testigos directos capaces de identificar quién había causado las lesiones y cuestionaron además los gastos médicos reconocidos por la Justicia.
La Sala II de la Cámara de Apelaciones, integrada por Patricia Clérici y Pablo Furlotti, rechazó esos planteos. Los magistrados destacaron que el empujón que provocó la caída había sido reconocido por los propios demandados y que la presunta participación de un tercero nunca fue respaldada con pruebas.
Respecto de los gastos reclamados, el tribunal señaló que existían comprobantes y documentación médica suficiente, además de considerar los traslados que la familia debió realizar desde Plottier hacia Neuquén y Cipolletti para recibir atención especializada.
Perspectiva restaurativa y reflexión sobre la violencia
En los fundamentos de la sentencia, Reynals incorporó una perspectiva restaurativa. La jueza sostuvo que el fallo no solo debía reparar el daño ocasionado, sino también promover una reflexión sobre las formas de resolver conflictos entre adolescentes.
En ese contexto, instó al joven agresor, ya mayor de edad al momento de la resolución, a participar en espacios de orientación, talleres socioeducativos o actividades vinculadas a la resolución pacífica de conflictos.
La magistrada también remarcó la necesidad de evitar estereotipos que asocian masculinidad y violencia, y sostuvo que el ámbito judicial debe contribuir a la construcción de nuevas formas de convivencia alejadas de patrones de dominación y agresión.