Lo que comenzó como un préstamo de 10 mil pesos terminó convirtiéndose en una pesadilla judicial para una vecina de Bariloche, que denunció haber firmado un pagaré en blanco, pagado la deuda en dos oportunidades y aun así sufrir el embargo de su sueldo municipal. Ahora, años después de esa dramática situación, la Justicia condenó al proveedor financiero y lo responsabilizó por los daños ocasionados.
Según surge del fallo civil, la mujer tomó el crédito en 2011 con una firma dedicada a la actividad financiera. Como garantía, firmó un pagaré sin monto, sin fechas y sin identificar beneficiario. De acuerdo con su relato, esa modalidad fue impuesta por la empresa y aceptada por ella sin conocer las consecuencias legales que podía traerle en el futuro.
Además, la demandante aseguró que canceló completamente la deuda. Sin embargo, tiempo después comenzó a recibir llamados reclamándole supuestos intereses pendientes. Aunque insistía en que no debía dinero, terminó realizando un nuevo pago por miedo a sufrir descuentos sobre sus haberes. Incluso pidió un certificado de libre deuda para evitar nuevos problemas.
Pero el conflicto no terminó ahí. Años más tarde volvió a ser contactada por un abogado que le reclamó otra vez la supuesta deuda. La mujer rechazó el planteo y entregó documentación que acreditaría los pagos realizados. Pese a eso, en 2019 fue notificada de una sentencia monitoria dictada en un juicio ejecutivo iniciado en su contra y la Justicia avanzó directamente con embargos sobre su salario.
Frente a esa situación, la mujer presentó defensas y logró que la ejecución fuera rechazada. El punto clave no fue determinar si efectivamente la deuda estaba paga, sino que el pagaré utilizado para reclamar el dinero no cumplía con los requisitos exigidos por la Ley de Defensa del Consumidor para operaciones financieras destinadas al consumo.
En la sentencia, el juez remarcó que el demandado actuaba como proveedor profesional de servicios financieros y, por lo tanto, tenía una obligación mucho mayor de informar correctamente las condiciones del crédito. El fallo entendió que el uso de un pagaré incompleto vulneró los derechos de la consumidora y le impidió acceder de manera clara a la información sobre la operación realizada.
Finalmente, la Justicia reconoció daño emergente por el dinero retenido mediante embargos, daño moral por la angustia generada durante años y también daño punitivo. De todos modos, el fallo todavía no está firme y puede ser apelado.