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La Fiscalía concluyó que la muerte de Tahiel Herrera en los piletones del EPAS no fue producto de un delito

La resolución se basó en pericias, autopsia y registros de cámaras de seguridad. El Ministerio Público Fiscal resolvió desestimar el caso penal.

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Martes, 29 de septiembre de 2026 a las 18:43
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La investigación del Ministerio Público Fiscal concluyo que la muerte de Tahiel Herrera no puede atribuirse a una conducta delictiva - Foto: Archivo

El Ministerio Público Fiscal (MPF) comunicó este martes a la familia de Tahiel Herrera que la investigación realizada por el organismo determinó que el fallecimiento del niño no puede ser atribuido a una conducta delictiva.

La resolución fue presentada por la fiscal del caso, Lorena Juárez, durante una reunión mantenida con familiares en la sede del MPF, en la Ciudad Judicial. En ese encuentro, además, se ofreció el acompañamiento del Servicio de Asistencia a las Víctimas y Testigos (SAVyT).

Según la resolución judicial, el análisis integral de las pruebas recolectadas no permitió establecer la existencia de un hecho penal que explique la muerte del menor.

La fiscal del caso Tahiel Herrera, Lorena Juárez - Foto: Archivo

Qué determinó la investigación judicial

De acuerdo con el documento elaborado por la fiscalía, la evidencia reunida permitió reconstruir que el niño ingresó al predio del EPAS por un portón que se encontraba abierto y luego avanzó hacia el interior de las instalaciones hasta llegar al sector de los piletones, donde posteriormente fue encontrado sin vida.

La investigación incluyó el análisis de registros de cámaras de seguridad, informes periciales y el examen médico-legal correspondientes. En ese marco, la autopsia practicada no detectó signos de criminalidad, lesiones traumáticas ni otros elementos objetivos que permitieran inferir la participación de terceras personas en el hecho.

“Del análisis integral de la evidencia colectada, no surgen elementos que permitan sostener la existencia de un hecho delictivo como causa del fallecimiento de Tahiel Herrera Meli”, señala la resolución.

La zona donde se realizaron los rastrillajes policiales previo al hallazgo del cuerpo del nene de 6 años - Foto: Archivo

La causa fue desestimada en el ámbito penal

Con los resultados obtenidos durante la investigación, la fiscal Juárez resolvió desestimar el caso penal en función de lo establecido por el artículo 131, inciso 1° del Código Procesal Penal.

La representante del MPF sostuvo que, desde el punto de vista jurídico, no existen elementos para atribuir el fallecimiento a una conducta delictiva ni identificar a un responsable penal.

No obstante, la fiscal remarcó que la conclusión alcanzada en el expediente no minimiza el impacto humano de lo ocurrido. En ese sentido, destacó que la ausencia de un delito no elimina el profundo dolor generado por la pérdida del niño y reiteró la disponibilidad del Servicio de Asistencia a las Víctimas y Testigos para acompañar a la familia.

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