La salida en bicicleta terminó en una tragedia que todavía conmueve a la zona de Luis Beltrán. Tres ciclistas avanzaban en fila por la Ruta Provincial 7, conocida como el “camino a Rincón de Cruz”, cuando una camioneta Fiat Strada Adventure apareció desde atrás y embistió al último de ellos. El impacto fue brutal y el hombre murió como consecuencia del accidente.
El hecho ocurrió a unos 200 metros de una escuela rural y a aproximadamente cinco kilómetros de Luis Beltrán. Los tres hombres habían salido a recorrer el sector rural y circulaban cerca del margen derecho de la ruta. El ciclista que iba último quedó expuesto al paso de la camioneta. Según se reconstruyó durante el proceso judicial, la Fiat Strada se acercó desde atrás y comenzó a sobrepasar por el carril izquierdo. Pero la maniobra terminó en tragedia: la parte delantera derecha de la camioneta impactó contra la parte posterior de la bicicleta. Después del choque, el conductor frenó y terminó su recorrido en la banquina contraria.
La velocidad fue uno de los puntos centrales de la investigación. Una pericia determinó que la camioneta circulaba a unos 110 kilómetros por hora, mientras que el ciclista avanzaba a aproximadamente 30,6 kilómetros por hora. El conductor aseguró que iba a una velocidad permitida, que había reducido la marcha al advertir a los ciclistas y que activó la luz de giro para iniciar el sobrepaso. También sostuvo que la víctima se desplazó de manera repentina hacia el lugar por donde avanzaba la camioneta.
Pero los dos ciclistas que acompañaban a la víctima dieron otra versión. Uno afirmó que los tres circulaban en hilera y que no escuchó bocina ni frenadas antes del impacto. El otro contó que avanzaban cerca del borde derecho y que lo primero que percibió fue un fuerte golpe, seguido por el paso de la camioneta. Tampoco advirtió una señal previa del conductor. Con las pericias accidentológicas, los testimonios, las actuaciones de la causa penal y las normas de tránsito sobre la mesa, la jueza del fuero Civil de Choele Choel concluyó que la responsabilidad no podía recaer exclusivamente sobre una de las partes.
La sentencia estableció una responsabilidad concurrente: 80% para el conductor de la camioneta y 20% para el ciclista. Para la Justicia, el automovilista tenía una responsabilidad mayor porque conducía un vehículo con mayor potencial para provocar daños y porque circulaba detrás del ciclista, desde donde podía advertir su presencia y tomar las medidas necesarias para evitar el choque. El fallo consideró que no respetó las reglas sobre adelantamiento, distancia prudente, velocidad precautoria y dominio efectivo del vehículo.
También hubo una conducta atribuida al ciclista. La sentencia señaló que no habría cumplido con las normas provinciales que establecen que las bicicletas deben circular por el borde derecho de la ruta. Esa circunstancia fue considerada para determinar el 20% de responsabilidad restante. La familia de la víctima había iniciado una demanda por daños y perjuicios y reclamó una indemnización por el dolor provocado por la muerte y por las consecuencias económicas que dejó el fallecimiento. El tribunal hizo lugar parcialmente al planteo y fijó la responsabilidad en esos porcentajes.
Pero el caso tuvo otro dato contundente: el conductor no tenía licencia habilitante para manejar al momento del accidente. La situación fue reconocida por el propio automovilista y posteriormente confirmada mediante un informe de la Inspectoría Municipal de Choele Choel. Ese último elemento terminó dejando a la aseguradora fuera de la condena. La póliza establecía expresamente que no existía cobertura para los siniestros ocurridos cuando el vehículo estaba al mando de una persona sin habilitación para conducir. Por eso, la Justicia hizo lugar a la excepción de falta de cobertura planteada por la compañía.