La discusión terminó de la peor manera. En medio de un campo, en el paraje rural Pilpilcura, ubicado a unos 80 kilómetros de Bariloche lejos del ruido de la ciudad y con una escopeta como protagonista, una pelea entre dos hombres terminó con la vida de Diego Sixto. Un disparo seco quebró la tarde del 4 de mayo de 2025 y dejó una tragedia que ahora llegó a una condena definitiva: ocho años de prisión efectiva para el responsable del homicidio.
La Justicia determinó que el acusado tomó una escopeta calibre 16 y efectuó un disparo que impactó contra Sixto, quien murió en el lugar. La víctima, según reconstruyó la investigación, estaba arriba de un caballo cuando comenzó la discusión y llegó a golpear al hombre con un rebenque en el brazo izquierdo. Lo que siguió fue una reacción violenta y desmedida que terminó en segundos con una vida.
La acusación logró reunir pruebas clave para reconstruir el crimen. Las pericias determinaron que el disparo fue realizado a una distancia de entre cinco y siete metros, que la vaina hallada correspondía al arma secuestrada y que había partículas compatibles con una detonación en las manos del acusado. Además, se encontró sangre de Sixto en su calzado.
Los fiscales Gerardo Miranda y Mariana Lascano, la querella y la Defensa Pública Penal acordaron un procedimiento abreviado. El acusado reconoció su responsabilidad y aceptó la pena, mientras que los jueces Juan Martín Arroyo, Gregor Joos y Marcelo Álvarez Melinger consideraron contundente el cuadro probatorio.
Durante el análisis del caso, el tribunal tuvo en cuenta el consumo elevado de alcohol y los informes psicológicos que señalaron una situación emocional compleja. Sin embargo, descartaron que el hombre no pudiera comprender sus actos y remarcaron que la reacción fue impulsiva y desproporcionada.
La madre de Diego Sixto expresó el dolor por la pérdida de su hijo y aseguró que ninguna condena podrá devolverlo, aunque acompañó el acuerdo alcanzado. La querella también destacó la importancia de considerar el contexto social y personal en el que ocurrió el conflicto.Finalmente, las partes renunciaron a los plazos procesales y la condena quedó firme. Se retiró el dispositivo de monitoreo electrónico y se ordenó el ingreso del hombre a prisión para cumplir los ocho años de pena efectiva.