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Usó una causa de narcotráfico para espiar a su esposa y la Corte Suprema de Justicia dejó firme su condena

Pablo Carlos Molina fue condenado a cuatro años de prisión por abuso de autoridad y falsedad ideológica. Había utilizado una investigación por narcotráfico para conseguir que se intervinieran los teléfonos de su mujer y de un hombre al que señalaba como su presunto amante.

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Jueves, 27 de agosto de 2026 a las 17:20
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La resolución de la Corte deja ahora cerrado el recorrido judicial de la causa por las escuchas y confirma la responsabilidad penal del ex secretario judicial por haber utilizado herramientas y procedimientos propios de una investigación criminal para perseguir un objetivo personal.

La Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena a cuatro años de prisión contra Pablo Carlos Molina, ex secretario judicial de Corrientes, acusado de haber utilizado una investigación por narcotráfico para ordenar la intervención ilegal de los teléfonos de su esposa y de un hombre al que señalaba como su supuesto amante.

El Máximo Tribunal rechazó por inadmisible el recurso presentado por la defensa y, de esta manera, confirmó la condena dictada contra Molina por los delitos de abuso de autoridad y falsedad ideológica. La resolución lleva las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

El caso se originó en una maniobra ocurrida en 2014, cuando Molina se desempeñaba como secretario de la Secretaría Penal N.º 2 del Juzgado Federal de Corrientes. Según quedó establecido durante el juicio, el funcionario sospechaba que su esposa mantenía una relación extramatrimonial. En lugar de recurrir a los mecanismos legales correspondientes, habría utilizado su posición dentro de la Justicia para conseguir información sobre las comunicaciones de su mujer.

Para hacerlo, Molina actuó junto con el entonces juez federal Carlos Vicente Soto Dávila. Ambos utilizaron una investigación relacionada con narcotráfico para confeccionar un oficio que permitió ordenar las intervenciones telefónicas. La medida alcanzó tanto a la mujer de Molina como al hombre al que el ex funcionario señalaba como su presunto amante.

Las escuchas se realizaron entre el 18 de septiembre y el 1° de octubre de 2014. El contenido de esas intervenciones permaneció dentro de documentación judicial hasta que la maniobra quedó expuesta varios años después. En marzo de 2019, durante un relevamiento realizado en dependencias judiciales, fueron encontrados 28 discos compactos que contenían las comunicaciones interceptadas.

El hallazgo permitió reconstruir la maniobra y abrió una investigación sobre el uso que se había hecho de una causa de narcotráfico para obtener información de carácter estrictamente privado. Entre las conversaciones registradas aparecía incluso el propio Molina hablando con su esposa. Según la información incorporada al expediente, en algunas de esas comunicaciones el ex funcionario la insultaba y amenazaba.

El tribunal que analizó el caso en Corrientes se declaró incompetente para investigar esos últimos hechos y remitió esa parte del expediente a la Justicia de Chaco, donde residían Molina y su esposa. Para entonces, el ex secretario judicial ya había sido apartado de su cargo por decisión de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes.

 

Una condena que llegó hasta la Corte

El expediente avanzó hasta el juicio oral y en 2025 el Tribunal Oral Federal de Corrientes condenó a Molina a cuatro años de prisión por las escuchas ilegales. La sentencia fue posteriormente revisada por la Cámara Federal de Casación Penal, que en abril de 2026 confirmó la condena. La defensa intentó llevar el caso ante la Corte Suprema y argumentó que durante el proceso se habían vulnerado garantías vinculadas con la defensa en juicio, el debido proceso y el principio de in dubio pro reo.

Sin embargo, el máximo tribunal decidió no abrir esa instancia extraordinaria y rechazó el recurso por inadmisible mediante la aplicación del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Con esa decisión, la condena quedó firme.

El caso tiene además otra derivación judicial. Molina fue investigado junto con Soto Dávila por una causa relacionada con el funcionamiento del juzgado federal correntino y posteriormente ambos fueron condenados por favorecer a narcotraficantes en el marco de una asociación ilícita.

La resolución de la Corte deja ahora cerrado el recorrido judicial de la causa por las escuchas y confirma la responsabilidad penal del ex secretario judicial por haber utilizado herramientas y procedimientos propios de una investigación criminal para perseguir un objetivo personal. La decisión del máximo tribunal convierte así en definitiva una condena que comenzó con una sospecha de infidelidad y terminó revelando el uso irregular de recursos de la Justicia para intervenir las comunicaciones privadas de dos personas.

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