Un hombre deberá pagar una indemnización a la pareja y a los hijos de un amigo que murió en un accidente de tránsito mientras viajaba como acompañante en su vehículo, en un camino de montaña del norte de Neuquén. La Justicia consideró que el conductor no logró demostrar ninguna causa que lo eximiera de responsabilidad por el siniestro.
El hecho ocurrió en diciembre de 2022, en la bajada El Centinela del Cajón de Navarrete, a unos 40 kilómetros de Manzano Amargo. Tres personas circulaban en un Jeep de dos puertas, equipado con jaula antivuelco, cuando el conductor perdió el control en una curva, salió de la ruta y volcó por un barranco de aproximadamente 70 metros. El impacto provocó la muerte de uno de los ocupantes.
El juez Martín Peliquero explicó que el caso se encuadra en lo que se denomina “transporte benévolo”, es decir, cuando alguien traslada a otra persona sin recibir pago, por amistad o cortesía. En estas circunstancias, la responsabilidad es objetiva: basta con que los familiares de la víctima acrediten el daño y su relación con el hecho.
¿Llevaba el cinturón de seguridad?
Para eximirse, el conductor debía demostrar la existencia de una causa que lo liberara de responsabilidad, como la culpa de la víctima o un hecho externo que rompiera el vínculo causal. Según la pericia accidentológica, el conductor perdió el control del vehículo y volcó; no se pudo determinar si la víctima llevaba el cinturón de seguridad, tal como alegaba el demandado.
Además, un informe mecánico señaló que el Jeep presentaba problemas de estabilidad y fallas en la dirección. Combinado con el terreno accidentado, esto contribuyó al vuelco. “Quien conduce un vehículo debe mantener pleno control de esta cosa riesgosa, lo que no ocurrió en este caso”, enfatizó el juez.
La indemnización es para los familiares de la víctima
El magistrado concluyó que la exoneración de responsabilidad debe demostrarse sin dudas, y en este caso no existieron pruebas que liberaran al conductor. Por eso, deberá responder por los daños ocasionados.
La indemnización se dirige a los familiares indirectos de la víctima: su pareja y sus hijos, quienes sufren pérdidas económicas y personales. Además, se otorgó una reparación por daño moral, reconociendo que la muerte de un ser querido genera un perjuicio evidente. Una pericia psicológica confirmó que la mujer presenta ansiedad, angustia y depresión que superan el duelo normal.