NEUQUÉN

Proyecto modficar el régimen electoral provincial

Quieren incorporar los mismos requisitos para elegir gobernador y vicegobernador.
martes, 2 de febrero de 2016 · 09:24
Señala que debe modificarse por enmienda el Artículo N° 202 de la Constitución Provincial y disponer en su redacción que la fórmula ganadora deberá obtener más del 45% de los votos afirmativos o el 40% más una diferencia del 10% sobre el segundo para ser proclamados gobernador y vicegobernador; caso contrario se llamará a una segunda vuelta, en el lapso de 30 días, donde competirán únicamente ambas fórmulas.
La iniciativa pertenece a cinco bloques de la oposición; Fy PN-UNE-; NCN; PRO; FR y UCR y sostiene que la incorporación de los actuales parámetros para la primera vuelta y segunda vuelta que prevé la Constitucional Nacional le otorgan a al gobernador electo una "alta legitimidad de origen” y la formación de coaliciones electorales entre la primera y segunda vuelta para promover la gobernabilidad. 
Al hacer referencia al referéndum popular para hacer efectiva la enmienda constitucional, explica que el mismo debe ser convocado por el Ejecutivo provincial y coincidir con las elecciones que se celebren en el transcurso del año 2017.
En dicha elección se agregarán boletas por el ‘SI’ o por el ‘NO’ a la enmienda y se detallarán las modificaciones que se pretenden incorporar.
En caso de ganar el ‘SI’, se procederá a validar la enmienda y la misma se publicará en el Boletín Oficial.
Según el proyecto, una vez aprobada la enmienda, la Legislatura provincial deberá imprimir 3 mil ejemplares con el texto modificado. 
De ese número, 7 ejemplares serán firmados por el gobernador, el presidente de la Legislatura, los diputados que integran la Cámara y serán refrendados por el secretario de Cámara. 
Se enviarán dichos ejemplares al Congreso Nacional, al Poder Ejecutivo Nacional; a la Corte Suprema de Justicia de la Nación; a la Legislatura Provincial; al Tribunal Superior de Justicia; al Archivo General de la Nación y al Archivo Histórico.
Recuerda en sus fundamentos que la Reforma Constitucional de 1994 introdujo la doble vuelta para la elección directa de presidente y vicepresidente al establecer en su artículo 97° que en caso de obtener más del 45% de los votos en primera vuelta, los integrantes de la fórmula más votada serán proclamados presidente y vice. De igual modo, podrán hacerlo si obtienen el 40% de los votos con una diferencia del 10% respecto de los candidatos que los siguen en cantidad de votos –artículo 98°-. 
Se aclara también que es difícil encontrar en la Argentina dos sistemas electorales que sean exactamente iguales en todas sus facetas y que sólo incorporan la figura del "ballotage” Chaco, Corrientes, Tierra del Fuego y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El proyecto N° 9362 ingresó por mesa de entradas el 18 de enero con la firma de los diputados Teresa Rioseco; Pamela Mucci; Mariano Mansilla -FPN-UNE-; Ayelén Quiroga; Juan Monteiro -NCN-; Gabriel Luis Romero -FR-; Oscar Smoljan; Alejandro Vidal -UCR-; Damián Canuto y Carolina Rambeaud -PRO-.




Mantenete informado todo el día. Escuchá AM550 La Primera aquí

Seguinos por la tele, en CN247 aquí

Comentarios