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La Cámara Laboral de Viedma condenó a una ART a pagar $143 millones a un marinero accidentado

La ART aseguró que tenía una lesión previa y negó secuelas, pero los jueces de Viedma consideraron probado que el accidente y ordenaron una indemnización millonaria.

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Miércoles, 20 de mayo de 2026 a las 07:20
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La Justicia laboral de Río Negro dictó un fallo millonario contra Prevención ART por un accidente ocurrido a bordo de un pesquero

La Cámara del Trabajo de Viedma condenó a Prevención ART a pagar una impactante indemnización de 143.534.349,79 pesos, a un marinero que sufrió un accidente laboral mientras trabajaba embarcado en un barco pesquero de una empresa marplatense.

El tribunal consideró acreditado que el golpe sufrido durante una maniobra de pesca le dejó secuelas incapacitantes, pese a que la aseguradora sostuvo durante todo el proceso que el trabajador ya tenía una patología previa y que el accidente no le había generado incapacidad.

El fallo fue dictado por los jueces Rolando Gaitán, Carlos Marcelo Valverde y Carlos Alberto Da Silva, integrantes de la Cámara Laboral de Viedma, en una resolución que volvió a poner bajo la lupa el accionar de las ART frente a trabajadores que terminan con lesiones permanentes.

Según surge de la causa judicial, el marinero había ingresado a trabajar el 23 de julio de 2024 para la empresa Canal de Beagle S.R.L., de Mar del Plata. Sin embargo, apenas seis días después, el 29 de julio, sufrió el accidente que terminó desencadenando el millonario juicio.

De acuerdo con la reconstrucción incorporada al expediente, el hombre realizaba maniobras vinculadas al arte de pesca cuando resbaló y cayó violentamente contra el filo de un tambor metálico. El impacto fue sobre el lado izquierdo del cuerpo y le provocó un severo traumatismo en el hombro.

A partir de allí comenzó un largo tratamiento médico. El trabajador recibió atención de prestadores de la ART, se sometió a estudios y realizó sesiones de rehabilitación. No obstante, aseguró que las secuelas físicas continuaron afectándolo y que perdió capacidad laboral para seguir desempeñándose normalmente arriba de un barco.

Sin embargo, la aseguradora rechazó el reclamo. La ART sostuvo que existían diferencias entre lo denunciado inicialmente y lo planteado después en la demanda judicial. Además, argumentó que el marinero ya presentaba una patología degenerativa previa en el hombro y que la Comisión Médica había determinado que no existía incapacidad derivada del accidente.

Pero el caso dio un giro cuando intervino el Cuerpo de Investigación Forense. La médica perito designada revisó estudios, antecedentes clínicos y examinó personalmente al trabajador. En su informe explicó que el hombro es una articulación extremadamente móvil y poco estable, por lo que un traumatismo puede agravar lesiones previas o generar limitaciones funcionales severas.

La especialista concluyó que, aunque existía una afección degenerativa anterior, el accidente laboral sufrido a bordo del barco produjo consecuencias concretas y limitaciones físicas en el hombro izquierdo del marinero.

Los jueces remarcaron que no había elementos para apartarse de la pericia médica y recordaron además la denominada "teoría de la indiferencia de la concausa", utilizada por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro. Esa doctrina establece que corresponde indemnizar cuando un accidente laboral actúa como causa o incluso como agravante de una incapacidad, aunque el trabajador tenga enfermedades previas.

Con ese criterio, la Cámara Laboral terminó condenando a Prevención ART a pagar más de 143 millones de pesos en concepto de indemnización por incapacidad laboral.

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