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“Exigir no es humillar”: la Justicia protegió a un adolescente de su entrenador y le prohibió acercarse

Durante años, el deporte fue su lugar de pertenencia, pero los gritos, las burlas y las descalificaciones terminaron alejándolo. Sus padres recurrieron a la Justicia y una jueza de Familia de Bariloche marcó un límite: exigir no habilita a maltratar.

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Miércoles, 12 de agosto de 2026 a las 12:15
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Un adolescente dejó la actividad que practicaba desde hacía años luego de sufrir, según denunció su familia, gritos, burlas y descalificaciones de su entrenador.

Durante años, un adolescente encontró en el deporte un espacio de pertenencia, aprendizaje y disfrute. Hasta que los gritos, las burlas y las descalificaciones denunciadas por su familia comenzaron a afectarlo emocionalmente y terminó alejándose de una actividad que practicaba desde hacía varios años.

Sus padres recurrieron al fuero de Familia de Bariloche y solicitaron una medida de protección contra el entrenador. Entre los hechos denunciados señalaron que, durante un torneo, el adulto habría compartido en un grupo de WhatsApp un audio y una fotografía del adolescente, identificándolo y realizando expresiones vinculadas con su desempeño deportivo. También describieron otros episodios previos de maltrato verbal.

La jueza no trató el caso como una simple discusión deportiva. Entendió que existía una relación desigual de poder entre el entrenador y el adolescente y decidió escuchar personalmente al joven. Allí pudo expresar que el deporte seguía siendo importante para él y que su alejamiento no se debía a una falta de interés, sino a las situaciones que estaba atravesando.

El fallo fue contundente: “Exigir no es humillar. Corregir no es descalificar. Entrenar no habilita a violentar”. La magistrada remarcó que quienes enseñan, entrenan o dirigen a niños y adolescentes tienen una responsabilidad especial y deben actuar dentro de un vínculo de confianza que exige mayores cuidados.

La Justicia hizo lugar parcialmente al pedido de protección y ordenó que el entrenador no pueda acercarse a menos de 100 metros del adolescente durante entrenamientos, competencias y otras actividades deportivas en las que participe. También prohibió publicar o difundir fotografías, videos, audios, datos personales o contenidos referidos al joven mediante redes sociales, grupos digitales o servicios de mensajería sin las autorizaciones correspondientes.

La resolución también comunicó la medida a la organización deportiva y al municipio para que adopten las medidas necesarias si el adolescente decide regresar. La jueza aclaró que no correspondía resolver cuestiones laborales o disciplinarias del adulto, pero sí garantizar la protección del joven y prevenir nuevas situaciones de maltrato.

La decisión final dejó una idea central: nadie puede obligar al adolescente a volver a practicar deporte. Será él quien decida si quiere regresar, dónde y cómo hacerlo, pero si lo hace deberá poder entrenar en un ambiente seguro y libre de violencia. Porque el deporte puede exigir esfuerzo, disciplina y compromiso, pero nunca debería exigir soportar el maltrato para demostrar cuánto se quiere ganar.

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