La implementación del sistema de fotomultas en Plottier quedó bajo cuestionamiento tras la denuncia pública de la abogada Verónica Peral, quien aseguró que el esquema de contratación y recaudación podría ser ilegal.
En una entrevista en el programa “La mañana es de La Primera”, que se emite por AM550 La Primera, Peral explicó que llevó el tema al Tribunal de Cuentas, apuntando contra el intendente Luis Bertolini y funcionarios que firmaron el decreto.
Según planteó, el punto más grave es que la recaudación no estaría siendo administrada directamente por el Estado, lo que —según su interpretación— vulneraría principios legales básicos.
¿Cuál es la denuncia sobre las fotomultas?
Peral sostuvo que el sistema fue implementado mediante un contrato de locación de servicios, cuando en realidad —según su visión— debería haberse tratado de una concesión pública aprobada por el Concejo Deliberante.
Además, cuestionó que se haya creado lo que describió como un “cargo administrativo” similar a una tasa, sin intervención del órgano legislativo local, único habilitado para crear tributos.
“Inventaron un cargo sin contraprestación y sin aprobación del Concejo”, afirmó.
¿Cómo funciona el esquema de recaudación cuestionado?
Uno de los ejes centrales del planteo es el circuito del dinero:
- El 60% de lo recaudado iría a la empresa privada encargada del sistema
- El 40% restante quedaría para la Municipalidad
Sin embargo, Peral remarcó que el problema no es solo el porcentaje, sino quién recauda primero.
Según explicó, la empresa privada sería la que cobra directamente las multas y luego transfiere fondos al municipio, lo que —afirmó— invierte el principio de control estatal.
También señaló que no habría claridad sobre un canon o contraprestación fija que la empresa deba pagar por la explotación del sistema.
¿Por qué podría ser ilegal, según la abogada?
La letrada mencionó la posible violación de la Ley 2141 de Administración Financiera y Control, además de principios básicos de administración pública como:
- Unidad de caja (la recaudación debe centralizarse en el Estado)
- Control del erario público
- Competencia del Concejo Deliberante para crear tasas o impuestos
En ese sentido, aseguró que la recaudación de multas no es un servicio público delegable, sino una función propia del Estado.