La Fiscalía de Viedma requirió la internación provisional de un hombre investigado por haber provocado lesiones cortantes a cinco personas durante una serie de hechos ocurridos en la zona céntrica del balneario El Cóndor. El pedido fue acompañado por la Defensa Pública y el juez de Garantías resolvió hacer lugar a la medida por el término de diez días, con custodia permanente y posibilidad de revisión según la evolución de su estado de salud.
La audiencia se realizó de manera virtual a través de la plataforma Zoom. El acusado permanece internado en la unidad de terapia intensiva del Hospital Artémides Zatti, bajo coma farmacológico inducido y en estado grave.
De acuerdo con la descripción de la Fiscalía, el episodio comenzó con una discusión con dos personas, a quienes habría agredido con un cuchillo o cúter, provocándoles heridas de distinta gravedad. Ambos permanecen internados, uno de ellos en terapia intensiva. Durante la detención, el hombre también habría lesionado a tres agentes policiales, quienes sufrieron cortes de diversa consideración.
La investigación se inició inmediatamente con la participación de la Brigada de Investigaciones, el Gabinete de Criminalística y efectivos de la subcomisaria local. La fiscal Paula de Luque y su adjunto Pablo Peralta se trasladaron al balneario, entrevistaron a las víctimas y continuaron las diligencias en el hospital, donde tomaron contacto con quienes pudieron declarar.
En las actuaciones preliminares surgieron elementos que indicarían que el imputado presenta padecimientos de salud mental. Testigos señalaron que durante el episodio manifestaba expresiones incoherentes. La defensora pública Carolina Llano adhirió al planteo de la Fiscalía y sostuvo que, aunque aún no existe dictamen pericial por la condición médica del imputado, resultaba necesario adoptar una medida urgente para garantizar su atención y resguardar su integridad física.
El juez de Garantías ordenó la internación provisional con custodia permanente por diez días, en el contexto de los principios de la Ley Nacional de Salud Mental, y dispuso la reserva de datos que permitan identificar al imputado.
La normativa aplicable, prevista en el artículo 116 del Código Procesal Penal de Río Negro y reglamentada por la Ley 5020, establece que la internación provisional puede ser ordenada cuando resulte procedente la prisión preventiva o exista riesgo cierto para la seguridad, siempre que se compruebe mediante dictamen pericial una grave alteración de las facultades mentales. En este caso, la medida se adoptó de manera excepcional por el estado crítico del acusado, quien continúa bajo sedación farmacológica.