Una usuaria de Cipolletti cuestionó un cobro adicional que Edersa le aplicó por un presunto fraude eléctrico y terminó obteniendo un fallo judicial a su favor. La causa se inició después de que la empresa realizara un procedimiento interno por supuestas irregularidades en el suministro y emitiera una liquidación de recupero de energía, es decir, un cobro extra por consumo que consideraba no registrado.
La mujer primero presentó un descargo ante la distribuidora, aunque en el expediente no quedó constancia de una respuesta. Luego acudió al Ente Provincial Regulador de la Electricidad (EPRE), que resolvió hacer lugar a su reclamo administrativo y ordenó dejar sin efecto el procedimiento por fraude, anular la liquidación emitida y devolver las sumas cobradas en dinero.
Sin embargo, según el fallo del Juzgado de Paz de Cipolletti, la devolución nunca se concretó. Ante esa situación, la usuaria volvió a recurrir al organismo regulador, que intimó nuevamente a la empresa y luego dictó una segunda resolución en mayo de 2025 aplicando sanciones e insistiendo con la restitución de los importes.
En su defensa, Edersa sostuvo que había respondido a los requerimientos del ente regulador y aseguró que la clienta debía presentarse en una oficina comercial con documentación personal y datos bancarios para avanzar con el reintegro. También argumentó que la usuaria no completó ese trámite, lo que habría impedido realizar la transferencia.
La jueza analizó el caso bajo la normativa de defensa del consumidor y remarcó que las empresas de servicios públicos deben garantizar un trato digno, información clara y mecanismos eficaces para resolver reclamos. En ese contexto, consideró acreditados distintos incumplimientos de la distribuidora: la falta de respuesta al descargo inicial, el incumplimiento de las resoluciones administrativas y la ausencia de pruebas concretas sobre la devolución del dinero.
La sentencia reconoció daño patrimonial por los montos cobrados indebidamente, además de daño extrapatrimonial por las molestias y la falta de información sufrida por la usuaria. También aplicó daño punitivo al valorar la conducta de la empresa frente a los reclamos y las órdenes del organismo regulador. El fallo ordenó que Edersa pague la indemnización fijada en la sentencia mediante depósito judicial dentro del plazo establecido tras la notificación.