La Cámara de Diputados de Neuquén aprobó este miércoles 26 de agosto, en general y por mayoría, la reforma del artículo 36 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que modifica el mecanismo para elegir al presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ).
A partir de la modificación, la máxima autoridad del TSJ será elegida cada año por mayoría simple entre sus cinco integrantes. La votación se realizará en diciembre y quien resulte elegido ejercerá la presidencia durante un año. La norma también establece la designación anticipada de un reemplazante para casos de ausencia o impedimento transitorio.
La iniciativa fue aprobada con 22 votos a favor, correspondientes a los bloques Comunidad, MPN, PRO-NCN, Juntos, Neuquén Federal, Fuerza Libertaria, Avanzar y JxC-UCR. Votaron en contra FIT-U, PTS-FIT-U y Mónica Guanque, de Democracia Neuquén.
Qué cambia en la elección de la presidencia del TSJ
La reforma modifica el artículo 36 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 1436, con las modificaciones incorporadas por la Ley 3410.
El nuevo esquema establece que la presidencia del Tribunal Superior de Justicia será elegida anualmente y por mayoría simple entre los integrantes del máximo tribunal provincial.
La elección deberá realizarse durante el mes de diciembre y la persona elegida permanecerá un año en el cargo.
Además, los integrantes del TSJ deberán designar a quien ocupará la presidencia en caso de una ausencia o impedimento transitorio.
Si se produce una vacancia definitiva, el reemplazo deberá ser nombrado de manera inmediata.
El objetivo planteado por los impulsores de la reforma es evitar que situaciones de ausencia o falta de acuerdo en torno a la presidencia obliguen a realizar modificaciones legislativas para resolver cada situación particular.
César Gass defendió la reforma y habló de autonomía
El diputado César Gass (JxC-UCR) fue el miembro informante del proyecto durante el debate.
Al fundamentar la iniciativa, sostuvo que el cambio se apoya en tres conceptos centrales: autonomía institucional, eficiencia operativa y armonización normativa.
Para Gass, el nuevo mecanismo permitirá que la elección de la máxima autoridad del Poder Judicial provincial sea más dinámica y previsible.
Uno de los principales argumentos del legislador fue que la decisión quede exclusivamente en manos de los integrantes del TSJ.
Según planteó, que sean los cinco vocales quienes definan quién presidirá el organismo aporta transparencia y reduce la posibilidad de presiones provenientes de otros poderes del Estado.
Gass también vinculó la reforma con el espíritu del artículo 239 de la Constitución de Neuquén y mencionó como antecedente el sistema de elección utilizado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El antecedente: una propuesta que ya había avanzado en la Legislatura
La reforma aprobada este miércoles había comenzado a tomar forma días atrás.
El 20 de agosto, la Comisión de Asuntos Constitucionales y Justicia de la Legislatura neuquina había emitido despacho favorable a la iniciativa impulsada por César Gass.
En esa instancia, el legislador había explicado que buscaba establecer un sistema mediante el cual los propios integrantes del TSJ eligieran anualmente a su presidente por mayoría simple.
La aprobación en el recinto constituye ahora un nuevo paso en la modificación del esquema de conducción del máximo tribunal provincial.
La oposición cuestionó la posibilidad de una reelección
La reforma no tuvo respaldo unánime.
La diputada Mónica Guanque (Democracia Neuquén) votó en contra y centró su cuestionamiento en un aspecto específico del nuevo texto: el reemplazo de la expresión “se turnará” por “se renovará”.
Según advirtió, esa modificación podría habilitar que una misma persona sea elegida nuevamente para conducir el Tribunal una vez finalizado su período.
El planteo introduce uno de los principales interrogantes que deja la nueva normativa: si la elección anual permite únicamente renovar la conducción o también posibilita la reelección sucesiva de un mismo integrante.
También votó en contra la diputada Julieta Ocampo (FIT-U).
Durante su intervención, Ocampo sostuvo que la reforma no resuelve los problemas estructurales que atraviesa el Poder Judicial ni garantiza, a su criterio, una mayor independencia.
La legisladora cuestionó particularmente el riesgo de una eventual concentración de poder.
Qué impacto puede tener el nuevo mecanismo
Uno de los efectos más concretos de la reforma estará relacionado con la continuidad institucional.
Hasta ahora, las situaciones vinculadas con la conducción del TSJ podían generar dificultades cuando alguno de sus integrantes no podía o no quería asumir la presidencia.
Con el nuevo sistema, la elección anual deberá resolverse en diciembre y, al mismo tiempo, quedará definido quién reemplazará al presidente ante una ausencia temporal.
Esto permite anticipar la respuesta institucional frente a licencias, impedimentos transitorios u otras situaciones que impidan ejercer la presidencia.
En caso de una vacancia definitiva, el texto aprobado establece que deberá procederse de inmediato al nombramiento del reemplazante.
El cambio busca, de esta manera, evitar que una situación particular derive en un vacío de conducción o requiera una nueva modificación legislativa.
Cómo funcionaba la conducción del TSJ
La discusión sobre el mecanismo de elección de la presidencia del Tribunal Superior de Justicia no es nueva.
En febrero de 2026, Gustavo Mazieres asumió la presidencia del TSJ de Neuquén para un segundo año de gestión, con Evaldo Moya como presidente subrogante.
Ese antecedente permite dimensionar uno de los aspectos que busca ordenar la nueva legislación: establecer un mecanismo periódico y previsible para determinar quién estará al frente del máximo tribunal.
La reforma aprobada por la Legislatura modifica así una cuestión vinculada directamente con la organización interna del Poder Judicial y con la relación institucional entre los integrantes del TSJ.
Una diferencia clave: elección anual y reemplazo anticipado
El nuevo esquema contiene dos elementos que conviene diferenciar.
Por un lado, establece una elección anual de la presidencia, que deberá realizarse en diciembre mediante mayoría simple.
Por otro, obliga a prever quién asumirá ante una ausencia o impedimento transitorio.
La segunda cuestión apunta a evitar que la conducción quede en una situación indefinida frente a una contingencia.
Si la vacancia fuera definitiva, el mecanismo cambia: se deberá proceder al nombramiento inmediato del reemplazante.
De esta forma, la reforma no se limita a determinar quién preside el TSJ, sino que también establece cómo debe garantizarse la continuidad de su conducción.
También hubo acuerdo para designar a un defensor público penal
Durante la misma 16° sesión ordinaria, la Cámara de Diputados de Neuquén también prestó acuerdo a la designación de Gabriel Mauro Siciliano como defensor público penal de la IV Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en Villa La Angostura.
Se trata de una decisión vinculada al funcionamiento del Ministerio Público de la Defensa y a la cobertura de un cargo dentro de la estructura judicial provincial.