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Neuquén reglamentó la ley contra la violencia hacia docentes: multas, sanciones y protocolos en escuelas

La ministra de Educación Soledad Martínez destacó cómo impactará en la comunidad educativa de la provincia. Se trata de la norma que había sido sancionada en 2025 por la Legislatura y determina acciones de prevención, protección, sanción y reparación frente a situaciones de violencia.

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Viernes, 22 de mayo de 2026 a las 18:35
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Neuquén reglamentó la ley de Protección de los trabajadores de la Educación

El Gobierno de la provincia de Neuquén reglamentó esta semana la Ley 3522 de Protección Integral de los Trabajadores de la Educación mediante el decreto 701-2026, una medida que busca responder al creciente nivel de conflictividad y episodios de violencia registrados en ámbitos escolares de toda la provincia. La normativa, sancionada en 2025 por la Legislatura neuquina, establece un régimen integral de prevención, protección, sanción y reparación ante situaciones de violencia ejercidas contra docentes, auxiliares y demás trabajadores del sistema educativo, tanto dentro como fuera de los establecimientos escolares.

Este viernes, la ministra de Educación de la provincia de Neuquén, Soledad Martínez, fue entrevistada en el programa Entretiempo, que se emite por AM550. Allí, la funcionaria destacó la importancia de la reglamentación y su impacto operativo en el cuidado de la integridad de los trabajadores del área educativa.

"Lo que hemos hecho con la reglamentación es poder establecer para aquellas materias que son de competencia del Poder Ejecutivo, me refiero a lo contravencional, a las propias del ámbito de los Ministerios, que somos quienes tenemos la responsabilidad de hacerla cumplir, cuáles son los procedimientos que tenemos que activar frente a cada una de estas situaciones que se tipifican en la ley o que se caracterizan como situaciones de violencia", explicó. "Esto la convierte en una ley operativa. Ahora, cualquier docente que es sujeto pasivo de de alguna situación de violencia y que se encuentre comprendido dentro de estas situaciones, puede activar algunos de estos mecanismos para los cuales deberíamos tener ya los resortes de intervención previstos y en funciones a partir de la reglamentación", destacó Martínez.

Qué situaciones considera violencia la nueva ley

El texto reglamentado define como violencia toda acción u omisión intencional que provoque daño físico, psicológico, simbólico o moral a un trabajador de la educación durante el ejercicio de sus funciones.

Entre las conductas contempladas aparecen:

  • Violencia física directa.
  • Amenazas o agresiones verbales.
  • Hostigamiento digital o mediático.
  • Acciones intimidatorias que afecten la dignidad o integridad del trabajador.

Además, la ley considera agravante que los hechos ocurran frente a estudiantes, por el impacto que eso puede generar en la convivencia escolar y en la percepción del rol docente. No obstante, la normativa aclara que no serán consideradas violencia las críticas, reclamos o manifestaciones realizadas de manera respetuosa por vías institucionales.

"Lo que crea esta ley son situaciones de las que específicamente se prevé pueden ser víctimas docentes en ejercicio de la docencia, dentro de los establecimientos educativos, que es otra caracterización de la ley. Esta es una situación protege, previene y atiende las situaciones de violencia que ocurren dentro de los establecimientos educativos y en ocasión del ejercicio de la docencia. La (reglamentación de la) ley vino de alguna manera a prever de manera específica esta situación para atender algunos hechos que estuvimos en estos últimos años que tuvimos en particular. Luego, activa distintas instancias de intervención y prevé sanciones que van desde un llamado atención administrativo hasta, en algunos casos, inhabilitación o multas onerosas. Todo eso ha quedado operativo a partir de la reglamentación", remarcó la ministra.

La ley prevé resortes que pueden ser activados por docentes que sufran situación de violencia en el ejercicio de la docencia

Protocolos, cámaras y capacitaciones obligatorias

Uno de los puntos centrales de la reglamentación es la implementación de protocolos de actuación diferenciados según la gravedad del hecho y el contexto en el que ocurra.

También se prevé:

  • Instalación de dispositivos de seguridad física y electrónica en escuelas.
  • Capacitaciones obligatorias para el personal educativo.
  • Jornadas institucionales de convivencia.
  • Espacios de orientación y contención.
  • Campañas de sensibilización dirigidas a familias y estudiantes.

Desde el Ejecutivo provincial sostienen que la intención es fortalecer los vínculos escolares y generar herramientas preventivas antes de que los conflictos escalen.

Intervención judicial y sanciones para agresores

La ley establece distintos ámbitos de actuación frente a hechos de violencia:

  • Administrativo, a través de autoridades educativas.
  • Contravencional, mediante jueces de Faltas.
  • Penal, con intervención del Ministerio Público Fiscal.
  • Preventivo institucional, mediante equipos interdisciplinarios del Consejo Provincial de Educación.

Las sanciones previstas incluyen multas, trabajo comunitario y arresto. En casos donde el agresor sea un agente estatal, la normativa contempla suspensiones sin goce de haberes, cesantías e incluso inhabilitación para ejercer cargos públicos por hasta cinco años.

Qué pasa cuando los hechos involucran a menores

Cuando las situaciones de violencia sean protagonizadas por menores de edad, intervendrán equipos interdisciplinarios del Consejo Provincial de Educación (CPE) con un enfoque restaurativo y preventivo.

En esos casos, madres, padres o representantes legales deberán participar obligatoriamente de las instancias de abordaje y garantizar el cumplimiento de las medidas dispuestas.

La reglamentación también crea una Comisión Interinstitucional para la Prevención de la Violencia en el Ámbito Educativo, integrada por representantes del CPE, ministerios provinciales, gremios docentes y organismos vinculados a derechos sociales y niñez.

 

 

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