La Justicia resolvió poner fin a la cuota alimentaria que un padre abonaba para su hijo luego de comprobar que el joven ya trabajaba como agente de la Policía de Río Negro, percibía un sueldo y contaba con independencia económica. La decisión fue adoptada por el juzgado de Familia de Luis Beltrán, que entendió que habían desaparecido las condiciones que justificaban el mantenimiento de la obligación alimentaria.
Durante años, el descuento mensual formó parte de las obligaciones económicas del padre. Sin embargo, la situación cambió cuando el hijo concluyó su formación policial, fue designado oficialmente como agente y comenzó a cobrar un sueldo. Ese nuevo escenario motivó la presentación de un incidente judicial para solicitar el cese de la cuota alimentaria, bajo el argumento de que el joven ya podía sostenerse por sus propios medios.
Pero el trámite no fue automático. La magistrada dejó en claro que la obligación alimentaria no desaparece simplemente porque el hijo alcance la mayoría de edad o consiga un empleo. Por el contrario, analizó la documentación incorporada al expediente y verificó que existían elementos suficientes para acreditar una verdadera autonomía económica.
En ese sentido, resultó determinante la prueba presentada por el padre. Entre la documentación figuraban las constancias oficiales que acreditaban el egreso del joven de la escuela de formación, su incorporación a la fuerza policial y el inicio efectivo de sus funciones. Para la jueza, esos elementos demostraban que ya no dependía económicamente de sus progenitores.
Además, un dato no pasó inadvertido durante el proceso. Tanto la madre como el propio hijo prestaron conformidad con el pedido para finalizar la cuota alimentaria. Sin embargo, la magistrada aclaró que ese consentimiento, por sí solo, no alcanzaba para cerrar el caso. Antes de resolver, debía comprobar que efectivamente se encontraban reunidos los requisitos previstos por el Código Civil y Comercial.
La resolución también vuelve a poner sobre la mesa una confusión muy frecuente. Muchas personas creen que la cuota alimentaria cesa automáticamente cuando un hijo cumple 18 o 21 años. Sin embargo, la legislación argentina establece otra realidad. Entre los 18 y los 21 años la obligación continúa como regla general, salvo que el progenitor logre demostrar que el hijo posee ingresos suficientes para mantenerse sin ayuda económica.
Precisamente, eso fue lo que ocurrió en este expediente. La jueza concluyó que el joven tenía un empleo formal, estable y remunerado dentro de la Policía de Río Negro, una circunstancia que modificó completamente el análisis del caso y justificó el levantamiento definitivo de la cuota alimentaria.