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La Justicia responsabilizó a Sergio Denis por su caída y rechazó la indemnización a su familia

La Justicia rechazó definitivamente la demanda presentada por los hijos del cantante por el accidente ocurrido en 2019 en el Teatro Mercedes Sosa de Tucumán. El tribunal consideró que la conducta de Denis fue la causa determinante de la caída y eximió de responsabilidad al teatro y a los demás demandados.

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El accidente ocurrió el 11 de marzo de 2019, cuando Denis se encontraba realizando un recital en el Teatro Mercedes Sosa, de San Miguel de Tucumán.

La Justicia rechazó de manera definitiva la demanda de indemnización presentada por los hijos de Sergio Denis a raíz del accidente que sufrió el cantante durante un recital en Tucumán en 2019.

El tribunal consideró que la conducta del propio artista fue la causa directa y determinante de la caída que terminó provocándole graves lesiones y, más de un año después, su muerte. De esta manera, el fallo eximió de responsabilidad al Teatro Mercedes Sosa, a la Asociación de Trabajadores de la Sanidad Argentina (ATSA) y al administrador del recinto, Raúl Francisco Armisen.

El accidente ocurrió el 11 de marzo de 2019, cuando Denis se encontraba realizando un recital en el Teatro Mercedes Sosa, de San Miguel de Tucumán. Durante el espectáculo, el cantante cayó al foso de la orquesta, ubicado a unos tres metros de profundidad. Como consecuencia del impacto, sufrió traumatismos de extrema gravedad y permaneció internado durante un prolongado período. Finalmente, falleció el 15 de mayo de 2020, a los 71 años. 

En la demanda civil, los hijos del músico -Federico Patricio, Bárbara y María Victoria Hoffmann- reclamaron una reparación económica por los daños que atribuyeron a las condiciones de seguridad existentes en el teatro. Sin embargo, los jueces analizaron la mecánica del accidente y concluyeron que Denis había caminado de espaldas sobre la pasarela mientras interactuaba con el público, sin verificar hacia dónde se desplazaba ni los límites de la estructura.

A partir de esa reconstrucción, la sentencia encuadró el episodio como un “hecho de la víctima” o “autopuesta en peligro”, una figura jurídica que, según el tribunal, interrumpe el vínculo necesario para atribuir responsabilidad a terceros. El fallo sostuvo así que la falta de previsión en el desplazamiento del cantante fue el factor determinante del accidente y descartó que pudiera atribuirse responsabilidad civil al teatro o a los demás demandados.

La resolución también incluyó aspectos procesales vinculados con la presentación realizada por los herederos. El tribunal declaró de oficio la falta de legitimación de los demandantes para actuar en los términos en que fue planteada la acción. Como consecuencia del rechazo total de la demanda, la Justicia dispuso además que las costas del proceso sean afrontadas por los demandantes, mientras que la regulación de los honorarios de los abogados quedó para una instancia posterior.

De esta manera, la Justicia cerró la discusión civil sobre la responsabilidad por la caída ocurrida durante aquel recital. El fallo estableció que el accidente fue consecuencia de la propia conducta de Sergio Denis y no de una responsabilidad atribuible al teatro donde se desarrollaba el espectáculo.

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