La Corte Suprema de Justicia dejó firme la derogación de la Ley de Tierras al no fallar sobre la cuestión de fondo. En sus argumentos, los magistrados consideraron que el CECIM no tenía legitimación suficiente para promover esa demanda. Sostuvieron que la soberanía nacional no configura un "bien colectivo" sino un elemento constitutivo del propio Estado.
Como consecuencia, el artículo 157 del DNU 70 volvió a tener vigencia. Por ende, la Ley de Tierras quedó derogada. Al efecto práctico, hoy no hay límites para la compra de tierras por parte de extranjeros. La oposición presiona ahora para derogar el mega DNU 70 de Javier Milei tras el fallo de la Corte Suprema.
El fallo de la Corte Suprema
La Corte Suprema no se pronunció sobre el fondo de la cuestión. En cambio, consideró que el CECIM no contaba con la legitimación suficiente para impulsar la demanda. Los magistrados sostuvieron que la soberanía nacional no es un "bien colectivo", sino un elemento constitutivo del propio Estado.
Con esta decisión, el artículo 157 del DNU 70 recuperó vigencia. La Ley de Tierras quedó derogada. En la práctica, no existen límites para la compra de tierras por parte de extranjeros en el país.
La reacción de la oposición
La oposición presiona para derogar el mega DNU 70 tras el fallo de la Corte Suprema. El bloque busca revertir la decisión y restablecer los límites a la compra de tierras por parte de extranjeros. El debate se centra en el artículo 157 y en las consecuencias de la derogación de la Ley de Tierras.
El impacto de la medida
La derogación de la Ley de Tierras habilita la compra de tierras por parte de extranjeros sin los límites que establecía la normativa anterior. El fallo de la Corte Suprema deja firme la decisión y la oposición busca ahora una salida legislativa.