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El docente del squishy busca anular la condena por abuso sexual de 11 niñas y recuperar la libertad

Osvaldo Andrés Leal, condenado a siete años y seis meses de prisión por once hechos de abuso sexual agravado contra alumnas de una escuela primaria de San Antonio, lanzó una ofensiva judicial para intentar derribar el proceso. Su defensa cuestionó la intervención de los abogados de las familias y la prueba psicológica utilizada en el juicio.

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Miércoles, 04 de noviembre de 2026 a las 16:00
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La historia que comenzó con las denuncias contra un profesor de Plástica de San Antonio Oeste, que tuvo como uno de sus elementos más perturbadores el uso de juguetes Squishy para acercarse a las niñas, y al que en una pueblada le quemaron la casa, sumó un nuevo capítulo judicial. Osvaldo Andrés Leal, condenado por once hechos de abuso sexual simple agravado, pidió ahora que se declare la nulidad de todo el juicio y que se ordene su inmediata libertad. La estrategia de su abogado, Emiliano Gallego, apunta a cuestionar aspectos centrales de la investigación y de la intervención de las familias durante el proceso.

El planteo vuelve a poner bajo la lupa una causa que tuvo una enorme repercusión en la comunidad educativa y que Mejor Informado siguió desde las primeras denuncias, en agosto de 2024. En aquella investigación comenzaron a conocerse los testimonios sobre el comportamiento del docente dentro del aula y el modo en que, según la acusación, utilizaba pequeños juguetes blandos para generar situaciones de acercamiento con sus alumnas. El Squishy, aquel objeto que parecía formar parte de una actividad recreativa, terminó incorporado a una historia judicial de extrema gravedad.

Con el avance de la investigación y la llegada del juicio, los relatos de las niñas permitieron reconstruir una modalidad que fue expuesta durante las audiencias. Una de las declaraciones describió que el profesor realizaba tocamientos en sus partes íntimas a cambio de un juguete Squishy. Otros testimonios también describieron situaciones de características similares. La Fiscalía sostuvo que no se trataba de episodios aislados, sino de una conducta que se había repetido con distintas alumnas de la escuela.

Finalmente, el 27 de agosto de este año, el Tribunal de Juicio de Viedma condenó a Leal a siete años y seis meses de prisión efectiva por once hechos de abuso sexual simple agravado. La sentencia fue dictada por unanimidad y también estableció su inhabilitación especial perpetua para ejercer la docencia. Las víctimas eran once niñas de entre seis y ocho años que asistían a las escuelas primarias 6 y 146 de San Antonio Oeste.

La postura de la defensa del docente

Sin embargo, lejos de aceptar el resultado del debate, la defensa decidió avanzar sobre la validez de todo el procedimiento. En la audiencia de impugnación, Gallego sostuvo que los abogados que representaron a las familias de las víctimas no habían presentado sus acusaciones con las firmas de sus representados ni acreditado los poderes correspondientes para intervenir en su nombre. Para el defensor, esa situación no constituía una simple irregularidad formal, sino un defecto que comprometía la legitimidad de las querellas y, por lo tanto, la validez del juicio.

El abogado también cuestionó la prueba pericial psicológica. Sostuvo que durante la investigación se había excluido a un profesional propuesto por la defensa y que esa decisión había limitado las posibilidades de controlar y discutir una de las pruebas utilizadas para fundamentar la condena. A partir de esos dos argumentos, reclamó que se anule todo lo actuado, sin que la causa regrese a una instancia anterior, y que Leal recupere inmediatamente la libertad.

Qué sostuvieron la Fiscalía y las querellas

Del otro lado, los representantes del Ministerio Público Fiscal y de las querellas rechazaron los planteos. El fiscal jefe Hernán Trejo, el fiscal César Arbués y los abogados de las familias defendieron la legalidad del procedimiento. Sostuvieron que las objeciones sobre la representación de las querellas y las decisiones vinculadas con las pericias ya habían sido analizadas en etapas anteriores y que los cuestionamientos no justificaban derribar una sentencia que fue dictada por unanimidad.

En particular, Arbués respondió que no se había impedido la participación del perito de la defensa, sino que se habían rechazado determinadas medidas que se pretendían realizar. La diferencia no es menor: una cosa es impedir que un profesional intervenga en una prueba y otra distinta es rechazar estudios o procedimientos solicitados por una de las partes. La discusión deberá resolverse a partir de lo que efectivamente ocurrió durante la investigación y de si existió una afectación concreta del derecho de defensa.

Durante la audiencia también intervino la defensora adjunta de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes, Nélida Flores, quien pidió que la resolución contemple una perspectiva de niñez y de género. Por su parte, Trejo cuestionó que la estrategia defensiva se concentrara en aspectos procesales sin discutir directamente el contenido de la sentencia y la valoración de las pruebas que llevaron a la condena.

Leal también tuvo la oportunidad de dirigirse a los jueces. Insistió en que no había tenido un juicio justo, mencionó el tiempo que lleva privado de su libertad y pidió que no se le hiciera pagar por eventuales errores de la Fiscalía o de las querellas. Su defensa pretende que las objeciones planteadas tengan un efecto mucho más profundo que una revisión parcial de la sentencia: busca que todo el proceso quede sin efecto.

Así, el caso del docente del Squishy vuelve a los tribunales para discutir la validez del camino judicial que terminó con la sentencia. La resolución de los jueces será determinante para saber si la condena sigue en pie o si la defensa consigue abrir una nueva instancia en una causa que comenzó con las denuncias de las familias, sacudió a San Antonio Oeste y terminó con uno de los fallos más delicados vinculados con abusos sexuales en el ámbito escolar de Río Negro.

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