CRISIS SANITARIA Y AMBIENTAL
Coronavirus y derecho al ambiente sano
Las dos caras del mismo fenómeno que afecta al ser humano.La crisis sanitaria global que estamos viviendo provocada por la aparición del nuevo coronavirus covid-19 a finales de Diciembre de 2019 en Wuhan, China, declarado pandemia por la Organización de las Naciones Unidas (ONU), en menos de 90 días ha puesto en jaque la salud y en riesgo de vida a toda la humanidad, transformando la realidad, dinámica, hábitos, actividades personales y económicas de la mayoría de las personas y países.
Su magnitud y velocidad de propagación puso en evidencia la vulnerabilidad del ser humano y de los países de todos los continentes, al no distinguir clases sociales, razas, grietas ni fronteras. Ningún país -por más desarrollado y primermundista que sea- se encuentra inmunizado. Aquellos que negaron la realidad y actuaron con negligencia están padeciendo en forma agravada las catastróficas consecuencias. Sin embargo, no es la primera vez que la raza humana es sorprendida y amenazada por enfermedades que se propagaron por todo el mundo como pandemias. Basta recordar la peste negra, el cólera, la fiebre amarilla, gripe española, tuberculosis, gripe A (porcina), la gripe aviar, el ébola y HIV. En todos los casos, existieron impactos sociales, económicos y ambientales. La desinformación potenció el crecimiento exponencial y la crisis del covid-19 no es la excepción.
La crisis ambiental y ecológica global (entendida esta cuando la acción antrópica del hombre afecta de manera crítica y general las condiciones de vida en los ecosistemas que conforman el planeta, desestabilizando su continuidad) que hoy estamos viviendo afecta al ambiente y pone en peligro toda forma de vida de manera global.
Que el mundo entero atraviesa una crisis ambiental no es ninguna novedad, aunque el proceso de concientización de los países y sobre todo de las personas sea mucho más lento que con respecto a la emergencia por coronavirus. Sera que persiste aún un inconsciente colectivo que piensa que no va a pasar nada?
A partir de la revolución industrial y el capitalismo, el consumismo desmedido de las sociedades estimuladas para adquirir exponencialmente mayor cantidad de bienes y agitados por empresas voraces cuyos objetivos principales son maximizar ganancias, aparecen los problemas ambientales y el agotamiento de los recursos en todas partes del mundo (por traer algunos ejemplos de inundaciones, deforestación, desertificación de la tierra, incendios, contaminación de ríos y mares por plásticos, agroquímicos, explotación de hidrocarburos, perdida de la biodiversidad y extinción de miles de especies, cambio climático con sus efectos en el calentamiento global de la tierra).
La preocupación ambiental parecería ser relativamente nueva y un fenómeno actualmente de moda, aunque venga de larga data. En 1972 fue incluido en la agenda política mundial a partir de la Conferencia sobre Medio Ambiente Humano de Estocolmo. Casi medio siglo después, pese reconocer la emergencia, aun los países miembros de la comunidad internacional siguen sin obtener acuerdos multilaterales vinculantes para mitigar con acciones el cambio climático y la reducción de gases de efecto invernadero (GEI), aunque existan evidencias científicas irrefutables de sus efectos negativos y del indeseable pero apocalíptico destino al que nos conducimos.
El Panel Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático (IPCC) de la ONU determinó que la temperatura sobre la tierra ya aumentó 1.5°c por arriba de la época preindustrial. El nivel del mar se elevará cerca de un metro para 2100 si la temperatura global de la tierra excede los 3°c. Lo dice y avala la comunidad científica. Como ignorar y negar que estamos en un estado de emergencia climática si la temperatura promedio del planeta está aumentando en forma acelerada (calentamiento global) y los desastres ambientales, aunque se quieran disimular, son visibles año tras año.
La relación con el derecho al ambiente.
Hasta que apareció el coronavirus, las principales conversaciones ambientales a nivel internacional giraban alrededor del Cambio Climático.
La cuarentena universal dispuesta que paralizó la actividad económica nos demuestra la capacidad de recuperación natural que todavía conserva el ambiente. Al menos por unos días mejoró la calidad del aire al reducirse las emisiones de dióxido de carbono, las aguas de ríos y mares. También, aun en situaciones extraordinarias, la necesidad de disponer, clasificar y reciclar los residuos adecuadamente.
La crisis sanitaria y la degradación del ambiente afectan severamente la salud de las personas y ponen al mundo en emergencia: proteger la vida y el planeta que habitamos es la prioridad. Así, por ejemplo, entran en juego derechos fundamentales interconectados: el derecho a la salud, a la vida y a vivir en un ambiente sano.
Es indubitable que estas cuestiones que atraviesan a la humanidad estén cada vez más vinculadas, compartiendo características comunes como la globalidad, exponencialidad, multidimensionalidad. Requieren información calificada y nutrirse de la opinión de expertos que integran la comunidad científica, de instituciones gubernamentales sólidas, de cambios inminentes en las decisiones de los gobernantes y dirigentes como de conducta y hábitos en los ciudadanos. Y en esto el derecho a un medio ambiente sano y equilibrado es parte fundamental.
Más allá de las perspectivas optimistas o pesimistas que cada uno pueda tener sobre los efectos que producen estas crisis y en especial la mirada respecto de “lo que va a pasar después”, es bueno reflexionar la frase popular que dice que “toda crisis puede ser una oportunidad”, agregando modestamente “para aquellos que quieran aprovecharlas y estén dispuestos a aprender”.
El artículo 41 de nuestra Constitución Nacional reconoce al medio ambiente sano como presupuesto para el desarrollo humano, como derecho-deber fundamental para la vida del hombre. “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo”. “Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales”
Este derecho comprende el de vivir en un ambiente físico y social libre de factores nocivos para la salud, la conservación de los recursos naturales y culturales.
Qué podemos aprender de estas crisis?
Darnos cuenta que un virus originado en un lugar del planeta repercute rápidamente en la salud, economía y ambiente del resto. De la misma manera, que una acción o acto de impacto ambiental negativo en un lugar determinado incide al mismo tiempo sobre el conjunto de la biósfera o gran ecosistema del que formamos parte.
Esto trae aparejada una nueva conciencia en la sociedad que impone a políticos, científicos y sociedad en su conjunto a reconsiderar el mundo social tal cual venimos concibiendo. Las cuestiones sanitarias y ambientales se transforman en las dos caras de un mismo fenómeno global cuyo destino es determinante para la historia de la humanidad en este siglo.
Nosotros los argentinos tendremos que empezar a repensar nuevas formas de participación ciudadana, distribución de la riqueza y gasto público, modelos de producción (agrícola-ganadero-minería-hidrocarburos), rediseñar la producción de energía dando lugar fuertemente al crecimiento de las renovables y limpias para que ocurra el cambio de matriz energética, nuevas formas de desplazarnos mediante el impulso de la movilidad eléctrica para eliminar en el transporte público y particular las emisiones de dióxido de carbono (CO2) que generan gases efecto invernadero (GEI), la reducción, gestión, clasificación, reciclado y disposición final de los residuos sobre la base del consumo responsable y la sustentabilidad.
*Fernando Zubillaga. Es Abogado egresado de la Universidad de Buenos Aires en el año 2001. Especialista en Derecho Ambiental. Miembro del Colegio de Abogados de Entre Ríos (CAER), Colegio de Abogados y Procuradores de Neuquén (CAyPN) y del Colegio Publico de Abogados de la Capital Federal (CPACF).