El fuero de Familia de Cipolletti dictó una sentencia que reconoció la filiación biológica de una mujer con su padre y le permitió conservar el apellido que llevó durante casi 50 años, sumando además el de su progenitor.
La mujer había sido reconocida en su infancia por el hombre que se casó con su madre y la crió dentro de esa familia. Con ese apellido desarrolló su vida social, laboral y comercial. Sin embargo, en 2021 obtuvo información sobre su verdadero origen y se realizó un estudio privado de ADN junto al hombre señalado como padre biológico, que arrojó una compatibilidad del 99,89%.
Posteriormente acudió a la Justicia para impugnar la filiación anterior y solicitar el reconocimiento legal de su progenitor. El proceso se dirigió contra dos herederas del hombre que la había reconocido y convocó también al padre biológico. Aunque inicialmente no respondieron, luego aceptaron el pedido en función del resultado genético.
La resolución consideró que la filiación es una cuestión de orden público y ordenó una pericia genética oficial. El Laboratorio de Genética Forense informó una probabilidad de vínculo biológico superior al 99,9%, acreditando la relación con el padre biológico y descartando el vínculo con el hombre que la había reconocido décadas atrás.
La mujer planteó además que no quería perder el apellido que la identificó desde su nacimiento. El fallo analizó el pedido a partir del artículo 62 del Código Civil y Comercial, que reconoce el derecho y el deber de usar el prenombre y apellido correspondiente. La sentencia valoró tanto el origen biológico como la identificación personal sostenida durante casi cinco décadas.
Finalmente, el tribunal hizo lugar a la impugnación de la filiación anterior, ordenó inscribirla como hija de su padre biológico y dispuso que conserve el apellido que llevó toda su vida e incorpore el de su progenitor biológico.