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Cómo evitar que te corten la luz, el gas o el agua en Río Negro: el trámite que puede salvarte hasta 2027

Miles de familias rionegrinas pueden acceder a un beneficio que impide el corte de los servicios esenciales, incluso si tienen deudas. Qué requisitos hay que cumplir, dónde hacer el trámite y qué hacer si la empresa se niega a recibir la solicitud.

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Martes, 07 de julio de 2026 a las 08:27
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La protección alcanza a usuarios en situación de vulnerabilidad económica y obliga a las prestadoras a respetar el beneficio previsto por la Ley Provincial 5860.

La crisis económica sigue golpeando los bolsillos y cada factura que llega representa un nuevo dolor de cabeza. Sin embargo, en Río Negro existe una herramienta que muchos desconocen y que puede marcar la diferencia: una ley provincial impide que las empresas corten el suministro de electricidad, gas natural y agua potable a quienes acrediten una situación de vulnerabilidad.

La Agencia de Recaudación Tributaria de Río Negro, a través de Defensa del Consumidor, recordó que la Ley Provincial 5860 continúa vigente y garantiza la suspensión de los cortes de estos servicios esenciales hasta el 31 de diciembre de 2027, siempre que el usuario reúna las condiciones establecidas por la normativa.

Cómo hacer el trámite para evitar el corte de los servicios

El pedido debe realizarse directamente ante la empresa prestataria del servicio. Allí, el usuario tendrá que presentar una Declaración Jurada junto con la documentación que acredite su situación.

Desde Defensa del Consumidor informaron que todas las empresas fueron notificadas sobre la vigencia de la ley y están obligadas a informar dónde se obtiene la declaración, brindar asesoramiento y recibir la documentación correspondiente. 

Quiénes pueden acceder al beneficio

La protección alcanza a quienes:

  • Utilicen el inmueble como vivienda única y familiar.
  • Acrediten una situación de vulnerabilidad económica que les impida afrontar el pago de los servicios.
  • Sean jubilados, pensionados o grupos familiares con ingresos inferiores al valor de la canasta básica.
  • Sean jubilados, pensionados o familias que tengan personas con discapacidad a su cargo.

La condición de vulnerabilidad deberá acreditarse mediante documentación emitida por un organismo público comunal, municipal, provincial o nacional.

Hay que adherir a un plan de pagos

La ley también establece que quienes soliciten el beneficio deberán incorporarse a un plan de regularización de deuda.

En ese esquema, la cuota mensual no podrá superar el 20% del valor de la factura de mayor consumo registrada para ese usuario, con el objetivo de que el pago sea compatible con su capacidad económica.

Qué hacer si la empresa rechaza el trámite

Si la prestadora se niega a recibir la documentación, demora la respuesta o rechaza el beneficio pese a que el usuario cumple con los requisitos legales, podrá presentar un reclamo ante las Oficinas Municipales de Información al Consumidor (OMIC) o directamente ante Defensa del Consumidor de Río Negro, tanto de manera presencial como a través de su sitio web.

Desde el organismo remarcaron que la Ley 5860 actualiza y unifica el sistema de protección vigente desde 2009, ampliando la cobertura para garantizar el acceso a tres servicios considerados esenciales: electricidad, gas natural y agua potable.

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