Un trabajador rural que se desempeñó durante más de tres años en una empresa frutícola del Alto Valle obtuvo un fallo favorable de la Cámara Segunda del Trabajo de Roca. La Justicia determinó que la empresa deberá indemnizarlo tras comprobar que realizaba tareas de tractorista, aunque estaba registrado con una categoría inferior.
Según se acreditó en el juicio, el hombre conducía un tractor para realizar tareas de poda, pulverización, cosecha y mantenimiento de las chacras. La situación cambió cuando notificó a la empresa que había sido elegido para integrar la seccional Roca de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE).
Después de asumir el cargo gremial, dejó de manejar el tractor, fue destinado a tareas de peón general y sufrió una reducción salarial. El conflicto derivó en un despido indirecto y en una demanda por diferencias salariales, indemnizaciones y violación de la tutela sindical.
Durante el juicio declararon compañeros de trabajo, representantes sindicales y otros testigos que coincidieron en que el trabajador había desempeñado funciones de tractorista durante casi toda la relación laboral. Además, confirmaron que el cambio de tareas ocurrió después de su elección como dirigente gremial.
La Cámara concluyó que la empresa no registró correctamente la verdadera categoría del empleado y también determinó que, pese a figurar como trabajador discontinuo o temporario, mantenía una relación laboral permanente, ya que percibía remuneraciones durante todos los meses del año.
El tribunal también consideró probado que la empresa había sido notificada de la candidatura y posterior elección del trabajador en UATRE, por lo que gozaba de la protección prevista por la Ley de Asociaciones Sindicales. Al modificar sus tareas sin autorización judicial, vulneró esa tutela especial.
Por todo ello, la Justicia hizo lugar a la demanda y condenó a la empresa a pagar las indemnizaciones por despido, las diferencias salariales derivadas del reconocimiento de la categoría de tractorista y la reparación correspondiente por la violación de la tutela sindical.