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Jueves 09 de Abril, Neuquén, Argentina
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Máxima tensión en Plottier: piden el inicio de juicio político contra el intendente Luis Bertolini

Una abogada envió un escrito a la presidenta del Concejo Deliberante, Malena Resa, solicitando el juicio político contra Bertolini por mal desempeño, incumplimiento de los deberes de funcionario público y presunta comisión de delitos en el ejercicio de sus funciones.

Jueves, 09 de abril de 2026 a las 10:40
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La abogada Liliana Verónica Peral envió un escrito a la presidenta del Concejo Deliberante de Plottier, Malena Resa, a través de la cual solicitó el inicio de juicio político contra el intendente Luis Bertolini por mal desempeño, incumplimiento de los deberes de funcionario público y presunta comisión de delitos en el ejercicio de sus funciones.

Las causas de la acusación

En el documento, al cual accedió MejorInformado, se señalan numerosos puntos.

Desviación de Poder y Régimen Ilegal de Fotomultas

Se acusa al Ejecutivo de implementar un sistema recaudatorio mediante un convenio oculto con una prestataria privada, el cual carece de vigencia normativa por falta de publicación en el Boletín Oficial o cualquier otro. Se desvía el ejecutivo de la finalidad preventora de las normas para estructurar un sistema de cobro de dinero a costa de los conductores que transitan el ejido municipal. Asimismo, se habría procedido a una delegación ilegal del poder de policía, la sustracción de facultades propias del Juez de Faltas y a la creación de "tasas administrativas" por vías de hecho -es decir sin norma que las respalde-, invadiendo facultades exclusivas del Concejo Deliberante y violando el principio de legalidad tributaria. 

Clandestinidad Administrativa y Trato Discriminatorio

El Intendente habría dictado un decreto (646/25) -cuya copia fue negada a este cuerpo y a la suscripta pero se halla en poder de la Justicia- mediante el cual presuntamente exime del pago de tributos por seis meses a los propietarios del barrio privado “Los Canales”. Este acto constituye una exacción ilegal inversa, rompe la igualdad ante las cargas públicas (Art. 16 CN) y configura un beneficio indebido a terceros en perjuicio del erario municipal, además de constituir un trato claramente discriminatorio para con el resto de la comunidad que abona sus impuestos puntualmente.

Nepotismo y Violación a la Ética Pública

Se ha denunciado penalmente la contratación de proveedores municipales cuyos socios poseen vínculos de parentesco directo (hijo) con la subsecretaria de Hacienda, área responsable del control del gasto. Este hecho vulnera la Ley de Ética Pública 25.188 y los deberes de integridad y prudencia que rigen la función pública de aplicación subsidiaria al presente, tal como surge de las notas periodísticas realizadas al fiscal del caso, las que se adjuntan al presente.

Administración Ruinosa y Descontrol de la Masa Salarial

Bajo la gestión actual, se ha producido un aumento indiscriminado de la masa salarial sin respaldo presupuestario, mientras los balances de los ejercicios 2023 у 2024 se encuentran sin auditar y solo son lo que el Intendente dice que son, sin ningún respaldo documental, a tenor de la certificación Literal que efectuara la contadora Perez, conforme surge del documento que obra en la página de la Municipalidad. Se ha incumplido sistemáticamente con la Ley 2141 de Administración Financiera, especialmente respecto a la rendición de fondos provinciales extraordinarios. 

Corrupción Sistémica y Sobreprecios

La existencia de una investigación penal en curso sobre 180 expedientes de contratación directa con presuntos sobreprecios evidencia un modus operandi destinado a eludir la Licitación Pública (Art. 138 COM), generando un daño patrimonial de proporciones aún no determinadas para el municipio.- No puedo dejar de resaltar que en este marco la Municipalidad ha sufrido mas de ocho allanamientos ordenados en el marco de la investigación penal contra el Intendente y sus funcionarios, originando una afectación de la institucionalidad de nuestra ciudad, con base exclusiva en el accionar del denunciado, encontrándose en a manos de la Sala Acusadora y Juzgadora la posibilidad de revertir esta afectación procediendo a la suspensión y posterior cese del Intendente Bertolini.

Desobediencia institucional e incumplimiento de deberes

Que, sin perjuicio de las irregularidades ya expuestas, se suma la flagrante desobediencia del Intendente ante la suspensión vigente del sistema de fotomultas mediante ordenanza número 4580/2026. A la fecha de la presente denuncia, el Ejecutivo ha decidido ignorar de hecho y de derecho la manda que ordena la suspensión inmediata del sistema, manteniendo la operatividad de los dispositivos y la emisión de actas de infracción carentes de validez legal. 

Cuestiones de orden político institucional 

La remoción de los funcionarios municipales no depende exclusivamente de una sentencia penal firme. El Art. 76 de la COM distingue claramente entre el 'delito' y el 'mal desempeño' o 'incumplimiento de deberes'. Mientras que el primero busca sancionar al individuo, los segundos buscan proteger la investidura municipal. La acreditación de que el Intendente ha gobernado mediante decretos ocultos, ha beneficiado a familiares de sus funcionarios y se encuentra bajo investigación por fraude en 180 contrataciones, a tenor de los dichos periodísticos del Fiscal del Caso, constituye una plataforma fáctica más que suficiente para encuadrar la figura de mal desempeño, cuya valoración es potestad soberana y exclusiva de este Concejo Deliberante en ejercicio de sus funciones de Sala Juzgadora.


Quiebre de la Confianza Pública-Falta de Idoneidad Ética

El ejercicio del mando requiere una autoridad moral que el Intendente ha perdido al gobernar desde la clandestinidad. Un gobernante que dicta decretos secretos (como el de "Los Canales") y firma convenios que oculta al pueblo, deja de ser un representante para convertirse en un gestor de intereses privados.

Existe un Riesgo cierto de Parálisis Institucional y Financiera:
La gestión ha demostrado una incapacidad manifiesta para administrar los recursos de manera sostenible, priorizando el clientelismo sobre los servicios. Con una masa salarial descontrolada y una investigación penal sobre 180 expedientes (conocidos) de contratación directa con la misma empresa, el municipio se encamina a un default administrativo. Mantener al Sr. Bertolini en su cargo, y ante su manifiesta incapacidad de administración de recursos, implica arriesgar el pago de sueldos futuros y la prestación de servicios básicos (recolección, bacheo, salud municipal) debido a la dilapidación de fondos en sobreprecios, servicios que por otra parte ya se encuentran gravemente afectados por el desmanejo actual, basta con transitar las calles de Plottier.

Consideraciones sobre la Gravedad Institucional

La destitución no es solo una sanción legal, sino un acto de defensa de la República local. El Sr. Intendente ha sustituido el interés general por una agenda de privilegios y opacidad. Su permanencia en el cargo profundiza el daño patrimonial y degrada la investidura municipal, convirtiendo al Estado en un ente recaudador para privados y un protector de sectores selectos. Por respeto a los ciudadanos de Plottier, la alternancia y el control deben prevalecer sobre la arbitrariedad. 

Por todos los motivos detallados anteriormente, la abogada Liliana Verónica Peral solicitó que se suspenda al acusado de forma preventiva para evitar el entorpecimiento de la investigación y que también se proceda a la destitución e inhabilitación para ejercer cargos públicos de manera perpetua en Plottier.


 

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