Una joven intentó esquivar el embargo de las billeteras virtuales donde tenía dinero asegurando que esos fondos correspondían a la cuota alimentaria que recibía de los padres de sus hijos. Pero la estrategia se desmoronó cuando el juez cruzó información con el fuero de Familia de Cipolletti, comprobó que la versión era falsa y rechazó el planteo. El dinero quedó retenido y será utilizado para cancelar la deuda que mantenía con la abogada que la demandó por falta de pago de sus honorarios.
Todo comenzó por una deuda que parecía una más entre tantas. La joven había contratado a una abogada para realizar un trámite, recibió el servicio profesional, pero nunca abonó los honorarios. Cansada de esperar el pago, la letrada inició una demanda judicial y consiguió que la Justicia avanzara directamente sobre el dinero que la deudora tenía depositado en Mercado Pago y Naranja X, una herramienta cada vez más utilizada para ejecutar deudas sin importar si la plata está en un banco o en una billetera virtual.
Sin embargo, apenas descubrió que no podía mover un solo peso de sus cuentas, la deudora salió a contraatacar. Se presentó ante el juzgado y pidió que levantaran el embargo de inmediato. Para eso apeló a un argumento que, de haber sido cierto, podía cambiar el rumbo de la causa: sostuvo que el dinero inmovilizado provenía de la cuota alimentaria que le transferían sus padres y que, por esa razón, la ley impedía tocar esos fondos.
Pero la explicación empezó a hacer agua rápidamente. La abogada que reclamaba el cobro de sus honorarios respondió que esas billeteras virtuales eran utilizadas por la joven para sus gastos personales y que jamás habían sido identificadas como cuentas destinadas a percibir alimentos. Además, aportó un dato que terminó encendiendo las alarmas: las fechas de las retenciones no coincidían con los días en que supuestamente ingresaba la cuota alimentaria.
Frente a esas contradicciones, el juez decidió ir a fondo. Solicitó informes al fuero de Familia para verificar el recorrido del dinero y la respuesta fue demoledora. Los expedientes revelaron que la cuota alimentaria era depositada todos los meses en una cuenta judicial y que la joven nunca había pedido que esos fondos fueran transferidos a Mercado Pago ni a Naranja X.
Como si eso fuera poco, la investigación descubrió un detalle que terminó de derribar toda la defensa. En uno de los expedientes familiares todavía permanecía depositada la cuota alimentaria correspondiente a ese período. Es decir, el dinero seguía intacto en la cuenta bancaria del juzgado, por lo que era materialmente imposible que estuviera, al mismo tiempo, dentro de una billetera virtual.
Con ese escenario ya completamente esclarecido, el magistrado fue terminante. Recordó que la protección legal de la cuota alimentaria no funciona por una simple declaración, sino que debe acreditarse con pruebas concretas que demuestren el origen de los fondos. Como la joven no presentó un solo comprobante que respaldara su historia, el juez rechazó el pedido, confirmó el embargo y ordenó que el dinero retenido sea destinado a cancelar la deuda con la abogada.