La Cámara del Trabajo de Viedma ordenó suspender la aplicación de la resolución provincial que obligaba al personal de Salud Pública a registrar asistencia mediante biometría facial y geolocalización. El fallo hizo lugar a una medida cautelar impulsada por ASSPUR y evitó, además, que puedan aplicarse descuentos salariales, sanciones disciplinarias o sumarios a quienes no adhieran al sistema mientras continúe el trámite administrativo.
La decisión marca una diferencia con el reciente rechazo de un amparo presentado por UPCN contra la misma herramienta. En ese caso, la Justicia entendió que no existía una ilegalidad manifiesta ni un daño grave e irreparable, por lo que permitió la continuidad del sistema. También valoró las medidas de seguridad implementadas y remarcó que la tecnología no almacena fotografías, sino patrones biométricos generados mediante ecuaciones matemáticas.
Sin embargo, en la acción promovida por ASSPUR, la Cámara consideró acreditado el riesgo de una posible afectación a derechos constitucionales vinculados a la protección de datos personales y a la autodeterminación informativa. Los jueces advirtieron que la carga obligatoria de datos biométricos se encontraba acompañada por apercibimientos que incluían ausencias injustificadas, descuentos de haberes e incluso sumarios. El tribunal sostuvo además que el sindicato cuenta con legitimación para representar intereses colectivos de los trabajadores y resolvió suspender la vigencia de la resolución hasta que finalice la instancia administrativa iniciada contra la medida.