¿Quiere recibir notificaciones de alertas?

Logo Am2022
PUBLICIDAD

La Justicia frenó el referéndum para revocar al intendente Román y obligó al Concejo a reiniciar el trámite

Un fallo del fuero contencioso administrativo suspendió la consulta popular prevista para el 8 de noviembre en Allen. El juez consideró que la convocatoria se realizó mediante una resolución cuando debía instrumentarse a través de una ordenanza

Agregar Mejorinformado en
Agrega Mejorinformado a tus medios preferidos en Google
Lunes, 26 de octubre de 2026 a las 11:12
PUBLICIDAD
El juez entendió que la convocatoria debía realizarse mediante una ordenanza y no a través de una resolución del Concejo Deliberante

La Justicia ordenó suspender el referéndum convocado para el 8 de noviembre en Allen en el contexto del proceso de revocatoria de mandato del intendente Marcelo Román y obligó al Concejo Deliberante a adecuar el procedimiento a lo establecido por la Carta Orgánica Municipal.

La decisión fue adoptada por el fuero contencioso administrativo de Roca al hacer lugar parcialmente a una medida cautelar presentada por el jefe comunal. Sin embargo, el fallo no anuló el proceso de revocatoria ni resolvió los cuestionamientos de fondo planteados en la demanda.

El punto que observó el juez

La resolución judicial se concentró en la forma utilizada por el Concejo Deliberante para convocar al referéndum. Según el fallo, durante la sesión del 15 de octubre el cuerpo legislativo aprobó una resolución para convocar a la Junta Electoral Municipal y avanzar con la consulta popular. Para el magistrado, esa decisión corresponde al ejercicio de una función legislativa y, por lo tanto, debía formalizarse mediante una ordenanza.

El juez sostuvo que la Carta Orgánica diferencia claramente las ordenanzas de las resoluciones y que la convocatoria a un referéndum no puede considerarse un simple trámite interno del Concejo.

La medida judicial suspendió específicamente la resolución que habilitó la convocatoria electoral y dejó sin efecto, por el momento, el referéndum previsto para noviembre. No obstante, el proceso de revocatoria continúa vigente y podrá seguir adelante una vez que el Concejo Deliberante adecue el trámite al mecanismo previsto por la normativa municipal. El fallo tampoco fijó una nueva fecha para la consulta popular.

Continúa la disputa judicial

Además de ordenar la suspensión, el magistrado corrió traslado de la demanda al Concejo Deliberante por un plazo de 30 días para que responda los planteos y presente pruebas. Uno de los argumentos expuestos por Román fue que una eventual declaración de nulidad podría llegar después de la realización del referéndum y de un posible apartamiento de su cargo, generando consecuencias de difícil reparación.

La discusión judicial seguirá ahora en los tribunales mientras se resuelve la validez del procedimiento utilizado para impulsar la revocatoria.

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD