Un experimento realizado durante una clase de química terminó con una adolescente de 17 años gravemente quemada, 70 días de internación en terapia intensiva y decenas de intervenciones quirúrgicas. Ahora, la Justicia de Córdoba determinó que el colegio privado donde ocurrió el accidente deberá indemnizarla.
La resolución fue dictada por el Juzgado en lo Civil y Comercial de 51° Nominación de la ciudad de Córdoba, que consideró responsable a la institución por las consecuencias que sufrió la estudiante.
El episodio ocurrió mientras los alumnos realizaban el experimento conocido como “la serpiente del faraón”, una práctica que utiliza materiales inflamables para generar una estructura carbonosa que crece durante la combustión.
En medio de la actividad, otra estudiante agregó alcohol a la mezcla. En ese momento se produjo una deflagración y una expansión del fuego que alcanzó directamente a la víctima. Las quemaduras fueron de extrema gravedad.
70 días internada y decenas de operaciones
Después del accidente, la adolescente permaneció 70 días en terapia intensiva y debió atravesar decenas de procedimientos médicos. Entre las intervenciones se realizaron limpiezas de las lesiones, ablaciones y autoinjertos de piel, además de un prolongado proceso de rehabilitación.
Las secuelas continuaron después de recibir el alta. De acuerdo con lo determinado en la causa, la joven quedó con una incapacidad psicofísica permanente y definitiva.
El caso llegó a la Justicia para determinar la responsabilidad del establecimiento en un accidente ocurrido dentro de una actividad organizada como parte de la enseñanza.
El juez Gustavo Massano encuadró el vínculo entre la institución educativa y sus estudiantes -o sus padres cuando se trata de menores de edad- dentro de un “verdadero contrato de consumo” y también aplicó el régimen de responsabilidad objetiva previsto por el Código Civil y Comercial de la Nación.
Según el fallo, el colegio ocupa el lugar de proveedor del servicio educativo, mientras que la estudiante es su usuaria y destinataria.
Por qué la Justicia responsabilizó al colegio
La institución intentó quedar eximida de responsabilidad argumentando que el accidente se había producido por la conducta de otra alumna, quien manipuló el alcohol de manera imprudente.
La compañía de seguros también sostuvo que ese comportamiento podía ser considerado un caso fortuito por resultar imprevisible o inevitable. El juez rechazó ambos planteos.
En su resolución sostuvo que los alumnos no pueden ser considerados “terceros extraños” respecto del establecimiento, debido a que se encuentran bajo su deber de custodia durante las actividades escolares.
También consideró que trabajar con fuego y alcohol constituye una actividad riesgosa y que una conducta imprudente por parte de un adolescente forma parte de las situaciones que las autoridades educativas deben prever.
Falta de elementos de seguridad y supervisión
Otro aspecto determinante surgió de las condiciones en las que se desarrollaba el experimento. Según la pericia técnica en higiene y seguridad y el resto de las pruebas incorporadas a la causa, el laboratorio no contaba con elementos básicos de protección personal ni con las medidas de seguridad necesarias.
La resolución también estableció que no se había aplicado correctamente el propio manual de seguridad que tenía la institución.
A esto se sumó la forma en que estaba organizada la actividad. Una sola docente debía controlar simultáneamente a varios grupos de alumnos que realizaban experimentos con fuego, sin ayudantes de laboratorio y sin un orden secuencial estricto.
Además, no se había verificado previamente la idoneidad de los recipientes con alcohol que habían llevado los estudiantes.
Con esos elementos, la Justicia descartó que el accidente pudiera atribuirse exclusivamente a la conducta de la compañera y determinó la responsabilidad del establecimiento educativo por las lesiones y las secuelas permanentes que sufrió la adolescente.