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Ordenan que la policía vigile al acusado y no a la víctima

La guardia permanente la tenía la mujer que denunció por violencia a su ex, en lugar de vigilarlo a él. Ocurrió en Barrancas.
Martes, 14 de mayo de 2019 a las 10:03
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La Cámara Multifueros de Zapala ordenó que la consigna policial instalada en la puerta de la casa de una mujer víctima de violencia de género, en la localidad de Barrancas, se traslade a la del denunciado, al considerar que ello “revictimiza y estigmatiza” a todo el grupo familiar. Lo hizo al hacer suyos los argumentos del defensor del Niño y el Adolescente de la V Circunscripción Judicial, Ezequiel Chiavassa.

"La implementación de la medida adoptada resulta ser altamente revictimizante y estigmatizante para el grupo familiar -la mujer y sus cuatro hijos-, pudiendo readecuarse la misma a fin de lograr igual o mayor eficacia en el cumplimiento de las medidas de protección, sin exponer aún más a los miembros del grupo familiar, y sin afectar mayores recursos del estado en su implementación", planteó Chiavassa. Además, agregó que la medida dictada "no ha logrado la efectividad pretendida para garantizar la integridad psicofísica de la víctima y sus hijos, ya que el denunciado ha incumplido en reiteradas oportunidades las mandas judiciales".

El funcionario argumentó que de mantenerse la situación se estaría ante un caso de "victimización secundaria, definida como las consecuencias psicológicas, sociales, jurídicas y económicas negativas que dejan las relaciones de la víctima con el sistema jurídico-penal: la victimización secundaria no sólo tiene lugar como consecuencia directa de la actuación criminal, sino también a través de la respuesta de instituciones".

Subrayó que, en dicho contexto, “insistir y sostener dispositivos que no han dado un adecuado resultado implica revictimizar a la denunciante y sus hijos, como así también exponerlos –potencialmente- a vivir nuevas situaciones de violencia por parte de su agresor”.

Chiavassa sostuvo que la propia víctima solicitó ante la Jueza de Paz de Barrancas que se revea la medida, la cual "representa una total incomodidad y falta de libertad tanto para ella como a sus hijos menores".

Los camaristas Alejandra Barroso y Pablo Furlotti aceptaron el recurso de apelación interpuesto por Chiavassa y dispusieron, "con urgencia y en forma inmediata, una consigna policial personal y permanente en el domicilio del denunciado, la cual deberá acompañarlo a todo lugar donde se traslade por el plazo de treinta días; y una vez finalizada esta medida la implementación de rondines por noventa días más".

"Entendemos que deben adoptarse las medidas que sean menos gravosas para el interés de las víctimas, y que no sume más inconvenientes en su vida cotidiana que implique una revictimización", enfatizaron y concluyeron que a la hora de resolver el juez debe considerar el interés superior de los niños, niñas y adolescentes involucrados en la situación de violencia.

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