El Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires resolvió revocar la condena contra el palista Néstor "Piri" Pinta, quien había sido sentenciado a cuatro años y medio de prisión por encubrimiento en los abusos cometidos por su padre Aldo contra alumnas de la escuela de canotaje de Carmen de Patagones. El deportista estaba en libertad porque el fallo aún no estaba firme, la abogada querellante prometió recurrir a la Corte Suprema.
La decisión de la Sala IV, integrada por los jueces Carlos Ángel Natiello y Mario Eduardo Kohan, deja sin efecto el fallo emitido en febrero por la jueza Daniela Castaño, del Tribunal en lo Criminal N° 3 de Bahía Blanca. El proceso judicial estuvo marcado por una particularidad que generó controversia: no hubo fiscal querellante. La acusación quedó exclusivamente en manos de la abogada María Fernanda Petersen, quien representó a las víctimas y sostuvo la responsabilidad del deportista.
La defensa de Pinta, liderada por Maximiliano De Mira, argumentó durante el debate que no existían pruebas contundentes para establecer el encubrimiento. Finalmente, Casación hizo lugar a su apelación, y confirmó la absolución del acusado. Sin embargo, Petersen adelantó que recurrirá a la Suprema Corte de Justicia mediante un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, buscando revertir la resolución.
La denuncia contra el Rey del río
Las acusaciones contra Pinta surgieron a partir del testimonio de Victoria Carrión, quien en 2020 relatóque fue víctima de abusos entre los 14 y 15 años mientras entrenaba bajo la supervisión del reconocido palista y máximo ganador de la Regata del Río Negro. *el era el referente de la escuela municipal de canotaje de Patagones.
Según la denuncia, los hechos ocurrieron entre 2011 y 2016 y afectaron al menos a dos alumnas, quienes aseguraron que los ataques se producían en el domicilio de Pinta, bajo la excusa de actividades físicas y sesiones de masajes. Otras dos mujeres, que declararon como testigos pero no figuraron como denunciantes en la causa, describieron situaciones similares. Todas coincidieron que Aldo Pinta les preparaba la merienda en su casa y en la cama matrimonial les hacía masajes luego de las prácticas.
No obstante, la Sala IV de Casación sostuvo que si bien los abusos de Aldo Pinta quedaron acreditados, no existen elementos concluyentes que vinculen a su hijo con los crímenes. El tribunal remarcó la falta de pruebas directas que demuestren cómo el acusado habría facilitado los delitos y cuestionó la afirmación de la jueza Castaño sobre las "alarmas" que supuestamente recibió Pinta, señalando que no se especificaron cuáles fueron ni cómo debía reaccionar ante ellas.
El día que se conoció la denuncia de las víctimas, Aldo Pinta se suicidó y de esta manera se agotó la acción penal. De todos modos las chicas decidieron ir por la responsabilidad del reconocido Rey del río. Para ellas no podía estar ajeno a lo que sucedía dentro de la habitación, cuando el padre se llevaba a las menores para hacerles masajes.