¿Quiere recibir notificaciones de alertas?

Logo Am2022
PUBLICIDAD

Planes Sociales: ordenan una nueva audiencia para determinar las penas por asociación ilícita

El Tribunal de Impugnación anuló la decisión de un juez de garantías y ordenó designar un tribunal colegiado distinto al que intervino en el juicio. Deberá realizarse de manera urgente, mientras siguen pendientes los recursos presentados por las defensas.

Agregar Mejorinformado en
Agrega Mejorinformado a tus medios preferidos en Google
Viernes, 16 de octubre de 2026 a las 17:06
PUBLICIDAD
Los jueces de impugnación Andrés Repetto (izquierda) y Estefanía Sauli (derecha) - Foto: Poder Judicial de Neuquén

El Tribunal de Impugnación de Neuquén ordenó realizar una nueva audiencia de determinación de la pena en la causa Planes Sociales, luego de anular una resolución del juez de garantías Juan Pablo Encina. La decisión establece que la Oficina Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Confluencia deberá designar, con carácter urgente, un tribunal colegiado diferente del que intervino en el juicio.

La resolución fue adoptada por una sala integrada por el juez Andrés Repetto y las juezas Patricia Lupica Cristo y Estefanía Sauli. Los magistrados mantuvieron vigente lo resuelto el 20 de agosto, cuando otro tribunal de impugnación revocó la absolución por el delito de asociación ilícita y condenó por esa figura penal a los imputados alcanzados por la decisión.

Por qué deben realizar una nueva audiencia

El 20 de agosto, el Tribunal de Impugnación integrado por los jueces Mauricio Macagno y Federico Sommer y la jueza Liliana Deiub hizo lugar a una impugnación presentada por la Fiscalía. En esa instancia, revocó la absolución por asociación ilícita y dictó una condena por ese delito.

A partir de la nueva calificación legal, correspondía realizar otra audiencia para determinar las penas. Ese procedimiento, conocido como cesura, permite debatir y establecer la sanción que corresponde aplicar luego de definida la responsabilidad penal.

Sin embargo, las defensas presentaron recursos de impugnación extraordinaria ante el Tribunal Superior de Justicia (TSJ), vinculados con la defraudación, y recursos de impugnación horizontal respecto de la condena por asociación ilícita.

En paralelo, solicitaron que se suspendieran los plazos para ofrecer pruebas para la audiencia de determinación de la pena. Argumentaron que esa instancia no debía avanzar hasta que se resolvieran las impugnaciones contra la condena por asociación ilícita.

Los jueces de impugnación Patricia Lupica Cristo (izquierda) y Andrés Repetto (derecha) - Foto: Poder Judicial de Neuquén

Qué había resuelto el juez de garantías

El juez de garantías Juan Pablo Encina se declaró competente para intervenir en el planteo y rechazó el pedido de suspensión de los plazos. En consecuencia, dispuso que debía cumplirse lo resuelto por el Tribunal de Impugnación y avanzar con la determinación de la pena.

Las defensas apelaron esa decisión y el planteo llegó a una nueva sala del Tribunal de Impugnación, que revisó la resolución del juez.

Por qué anularon la decisión

Al resolver la apelación, el tribunal consideró que un juez de una instancia inferior no tiene facultades legales para revisar ni modificar una decisión adoptada por el Tribunal de Impugnación.

Por ese motivo, anuló lo resuelto por Encina y ordenó a la Oficina Judicial Penal que adopte, dentro de un plazo perentorio, las medidas necesarias para concretar la audiencia de determinación de la pena.

La resolución también establece que deberá intervenir un tribunal colegiado distinto del que llevó adelante el juicio.

Estado de la causa Planes Sociales

La decisión obliga a avanzar con la audiencia para determinar las penas conforme a la nueva calificación legal por asociación ilícita. Sin embargo, no resuelve los recursos presentados por las defensas ante el Tribunal Superior de Justicia contra esa condena.

Esos planteos continúan pendientes y son independientes de la orden de realizar la audiencia. Por lo tanto, la resolución conocida ayer no implica una definición sobre el resultado de esas impugnaciones.

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD