El juez federal de La Plata, Ernesto Kreplak, procesó sin prisión preventiva a las ex máximas autoridades de la ANMAT y del Instituto Nacional de Medicamentos (INAME) por su presunta responsabilidad en la causa por el fentanilo contaminado producido por HLB Pharma y Laboratorios Ramallo, un expediente que vincula el caso con 90 muertes.
La decisión alcanzó a Nélida Agustina Bisio, ex titular de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), y a Gabriela Carmen Mantecón Fumadó, ex directora nacional del INAME. Kreplak las consideró, prima facie, partícipes necesarias penalmente responsables del delito de adulteración de sustancias medicinales, una figura que en esta causa aparece asociada además con lesiones gravísimas en al menos dos personas, lesiones graves en otras 41 y lesiones leves en otro paciente.
Además, el magistrado ordenó para cada una un embargo de $500.000 millones y la inhibición general de bienes. Las dos seguirán en libertad, aunque continuarán sujetas a la prohibición de salir del país, deberán presentarse una vez por mes ante la Policía Federal, entregar sus documentos de viaje y abstenerse de mantener contacto con personas vinculadas con la ANMAT y el INAME.
El ministro de Salud, desvinculado "al menos de momento"
En su resolución de 292 carillas, el juez sostuvo que, aunque el ministro de Salud, Mario Lugones, conocía aspectos generales del caso, no existen hasta ahora elementos suficientes para atribuirle responsabilidad penal. Según la resolución, las decisiones políticas que surgían de la cartera sanitaria apuntaban a impedir que las empresas continuaran operando y no a facilitar su funcionamiento.
Kreplak diferenció así esa línea de acción de las demoras y omisiones que, de acuerdo con el expediente, se registraron en la ANMAT y el INAME. El magistrado estableció que existe una "discrepancia entre el sentido de la decisión política que bajaba del Ministerio con lo que efectivamente ocurrió en el seno de ANMAT/INAME".
Las omisiones que permitieron la tragedia
El fallo fue especialmente duro con Mantecón Fumadó. El juez sostuvo que la entonces responsable del INAME "tenía pleno conocimiento del mal funcionamiento de los laboratorios" y que contaba con facultades suficientes para adoptar medidas orientadas a resguardar la salud pública. De acuerdo con la resolución, sus omisiones frente a advertencias formuladas por áreas técnicas del organismo y su conducta posterior no encontraron justificación en las declaraciones que brindó durante las indagatorias.
Kreplak señaló que Mantecón se apartó de los plazos reglamentarios para emitir la carta de advertencia correspondiente a Laboratorios Ramallo, mantuvo reuniones formales e informales con representantes de las empresas y "cajoneó" durante más de cuatro meses el proyecto de Carta de Advertencia contra HLB Pharma.
La diferencia entre ambas compañías ocupó un lugar central en la imputación. La carta dirigida a Ramallo fue firmada el 10 de febrero de 2025 y dispuso la inhibición de toda su actividad productiva. En cambio, la proyectada para HLB Pharma, que incluía de manera expresa una prohibición de comercialización, nunca llegó a firmarse.
La reunión clave del 14 de enero de 2025
Uno de los episodios centrales ocurrió durante la reunión del 14 de enero de 2025. De acuerdo con la reconstrucción judicial, allí las máximas autoridades sanitarias acordaron con representantes del laboratorio postergar la emisión de las cartas de advertencia y dar tiempo para que la empresa iniciara correcciones internas. Al día siguiente, la firma envió al INAME un supuesto plan para subsanar las deficiencias detectadas en inspecciones realizadas entre noviembre y diciembre de 2024.
El procesamiento de Bisio, máxima autoridad de la ANMAT durante el período investigado, siguió una lógica semejante. Según Kreplak, Bisio no podía desligarse de lo que ocurría en el INAME, ya que ese instituto dependía directamente de la ANMAT y ella conservaba facultades para intervenir frente a una eventual