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Ordenan millonaria indemnización para un albañil

La Justicia condenó a una clínica y a un cirujano de Roca. Le extirparon un tumor benigno y le causaron una lesión permanente en una mano.
Viernes, 01 de junio de 2018 a las 14:39
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Una clínica de Roca, un cirujano que trabaja en ella y sus respectivas aseguradoras, fueron condenados a indemnizar con un millón de pesos e intereses, a un albañil que ingresó para extirparse un tumor benigno y salió del quirófano con una severísima incapacidad en su mano izquierda.

Así lo ordenó la titular del Juzgado Civil y Comercial N 3 de esa localidad rionegrina, Andrea de la Iglesia, al resolver en la demanda por “daños y perjuicios por mala praxis médica”.

Fuentes judiciales indicaron que todo comenzó en julio de 2014, cuando el hombre que por entonces tenía 49 años y trabajaba en una empresa constructora, se notó “un bulto” en su axila izquierda y fue a atenderse a un centro asistencial de Choele Choel.

De ahí fue derivado a la clínica roquense, donde el médico demandado ordenó una cirugía para extraerle el tumor que resultó benigno. Pero el hecho es que se fue a su casa con “pérdida de la movilidad” de su mano izquierda.

Volvió a ver al médico y este le indicó “rehabilitación por tiempo indeterminado”, pero no mejoró. Luego fue sometido a una interconsulta en la que le diagnosticaron una “lesión severa de nervio radial”, pero el médico insistió con la fisioterapia por seis meses antes de realizar un nuevo control.

Poco después, el fisioterapeuta le diagnosticó la pérdida de la “funcionalidad” de la mano “para realizar sus actividades de la vida diaria”.

Es por eso que el paciente calificó la acción médica como “absolutamente lesiva, imprudente, negligente y mutilante”; y los demandó por “incapacidad sobreviniente”, “daño emergente actual y futuro (gastos médicos, farmacéuticos y de traslado)”, “daño moral” y “daño psicológico”.

Sostuvo que “nada hacía pensar que como consecuencia del procedimiento médico perdería la movilidad de la mano”, ya que ello no le había sido anticipado “siquiera como una consecuencia remota” cuando aceptó someterse a aquella intervención.

En respuesta, y con la pretensión de que el juzgado rechazara la demanda, la clínica argumentó que la actuación del cirujano respetó “los parámetros y protocolos”, que la incapacidad del paciente “es reversible”, y que el hombre “tenía cabal conocimiento de las consecuencias sobrevinientes”. Mientras que el médico se refirió a la proximidad entre el nervio y el tumor.

La jueza ratificó una “pérdida completa de las funciones de la mano izquierda”, que dio lugar a la declaración de un 60% de incapacidad laboral, dejando al hombre en situación de retiro por invalidez.

El fallo aún no está firme, ya que ambas partes pueden apelar ante una instancia superior.

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