El Ministerio de Salud de la Nación anunció la oficialización de la extensión de la receta electrónica a la totalidad de las indicaciones médicas, incluyendo medicamentos de prescripción restringida, estudios, procedimientos y dispositivos médicos. Esta medida se formalizó a través de la Resolución 2214/2025, publicada el lunes en el Boletín Oficial.
Este avance completa el proceso iniciado el 1° de enero con la obligatoriedad de la receta electrónica para medicamentos, en cumplimiento de la Ley 27.553. A partir de ahora, todas las órdenes médicas deberán ser emitidas de forma electrónica mediante plataformas registradas en el Registro Nacional de Plataformas Digitales de Salud (ReNaPDiS), lo que permitirá contar con un sistema unificado, interoperable y trazable en todo el territorio nacional.
La cartera sanitaria destacó que, para asegurar la integración y sinergia del circuito digital, los repositorios deberán estar abiertos a todas las plataformas o sistemas de prescripción, independientemente del financiador o la cobertura de salud del paciente.
Una innovación clave de esta normativa es la implementación de una identificación única y segura tanto para el paciente como para cada receta emitida. Para ello, se utilizará el CUIL como dato principal en el sistema de prescripción. Además, cada receta contará con una Clave Única de Identificación de Receta (CUIR), que permitirá localizar cada prescripción de forma precisa y confiable, sin modificar ni duplicar los registros originales. Esta clave será fundamental para fortalecer la trazabilidad de los tratamientos y garantizar la transparencia en todo el proceso.
Asimismo, la nueva regulación establece un mecanismo específico para digitalizar las recetas archivadas y aquellas de prescripción restringida, como las que contienen psicotrópicos y estupefacientes. Las plataformas digitales deberán resguardar estas prescripciones durante un plazo mínimo de tres años, asegurando el acceso a la información para monitoreo y fiscalización.
Este sistema de receta electrónica no solo facilitará el acceso y la continuidad de los tratamientos, sino que también reforzará el control sanitario y la supervisión del uso de medicamentos sensibles.
Los prestadores y plataformas de servicios de salud dispondrán de plazos específicos para adaptarse: 45 días para la identificación unívoca de las recetas, 90 días para implementar la prescripción electrónica de medicamentos con receta archivada y 120 días para las de receta restringida.
El Ministerio de Salud coordinará los aspectos técnicos con los actores involucrados para facilitar este proceso. Se aclaró que en localidades con dificultades de conectividad o alejadas, donde no sea posible implementar la receta electrónica, seguirá vigente el uso del formato en papel.
Con esta iniciativa, el Ministerio de Salud avanza hacia un sistema de salud más moderno, eficiente y transparente. La digitalización de la receta médica refleja el compromiso con la integridad, confidencialidad y seguridad de la información médica, buscando no solo simplificar la gestión para los pacientes, sino también garantizar la trazabilidad, el control y el uso responsable de los recursos públicos.