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Jueves 24 de Abril, Neuquén, Argentina
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Condena sin precedentes en un caso de violencia de género

Una jueza de Cipolletti condenó a quien agredió a golpes a su ex pareja en Catriel, avalando una acusación inusual del fiscal.
Viernes, 28 de abril de 2023 a las 17:23

Un caso de violencia de género ocurrido en la localidad de Catriel, avanzó hasta la instancia de la condena al agresor, a pesar de que la víctima había levantado la denuncia enviando una carta. El fallo no tiene demasiados precedentes y lo firmó una jueza de Cipolletti que avaló la acusación presentada por la fiscalía.

El episodio ocurrió el año pasado en la localidad petrolera, cuando el condenado pretendió retirar al niño de la casa de su madre, protagonizó una violenta escena con su expareja y la terminó lesionando. Un médico certificó los hematomas y con esa documentación la damnificada radicó la denuncia.

Para el Código Penal de la Nación las lesiones constituyen un delito “dependiente de instancia privada”, es decir que requiere la denuncia de la parte damnificada. Sin embargo una vez cumplido ese requisito, el Ministerio Público Fiscal tiene la potestad de avanzar con la investigación por más que no cuente con el consentimiento de la víctima.

El portal oficial del Poder Judicial de Río Negro publicó que en el caso “el testimonio de la víctima fue filmado por representantes de la fiscalía e incluso en el debate se presentó un segundo video con la reconstrucción del hecho, del que también había participado la mujer”.

Pero, en la previa del juicio, la víctima envió una carta para retirar la denuncia. En ese texto sostuvo que había exagerado la situación, impulsada por sentimientos de rencor.

Una profesional de la Oficina de Atención a la Víctima dictaminó que de las entrevistas con la mujer surgía “una dependencia emocional para con el imputado, una naturalización y minimización de los hechos y una priorización de los vínculos familiares”. Con esas pruebas y el relato de testigos presenciales y circunstanciales del hecho, la fiscalía optó por llevar el caso a juicio.

En la sentencia la jueza hizo mención a las obligaciones que asumió el Estado para perseguir, erradicar y condenar la violencia de género y también a las distintas fases del ciclo de la violencia. Analizó el caso bajo el enfoque de género, el cual impone una nueva racionalidad jurídica que conlleva al análisis de los hechos a la luz del contexto, mediante la integración de la información recabada sobre las circunstancias particulares de cada persona y su interacción, el círculo íntimo y la interseccionalidad de factores que la alcanzan.

 “En este sentido y con este enfoque amplio es que puedo afirmar que las lesiones han sido llevadas adelante en un contexto de violencia, donde la víctima ha quedado reducida y donde hay una asimetría de poder del hombre hacía la mujer”, puntualizó.

Una semana después del juicio de responsabilidad, se realizó la fase de cesura. Y en esa instancia el hombre fue condenado a dos años y seis meses de prisión efectiva. Se consideró que el acusado arrastraba una condena en suspenso por una infracción a la ley de estupefacientes. Por ello, ante el incumplimiento de la pauta de conducta que le imponía no cometer nuevos delitos, se le revocó la condicionalidad, se produjo unificación y recibió pena de cumplimiento efectivo.

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