¿Quiere recibir notificaciones de alertas?

Martes 22 de Julio, Neuquén, Argentina
Logo Am2022

Definen el castigo al hombre del millón de dólares en Villa La Angostura

Comenzaron las audiencias para fijar la pena que le corresponderá a un agente inmobiliario que protagonizó decenas de estafas en venta de lotes en la localidad turística neuquina.

Martes, 22 de julio de 2025 a las 14:09
PUBLICIDAD

Ramiro Fabián Fernández es el hombre del millón de dólares en Neuquén. Esa cifra es la que equivale, dólar más o menos, al monto total de las estafas que perpetró en la venta de terrenos, en Villa La Angostura, amparado por el nombre de una inmobiliaria con sede en Buenos Aires. Este martes comenzaron las audiencias para fijar la pena que le corresponderá a Fernández, quien ya aceptó su culpabilidad,  mediante un acuerdo firmado con la Justicia neuquina.

En la primera audiencia intervinieron el fiscal del caso Adrián De Lillo y el asistente letrado Federico Gayós, quienes comenzaron a recibir las primeras declaraciones testimoniales. Se prevé la declaración de unos 40 testigos, durante los cuatro días que durarán las audiencias. El tribunal colegiado que deberá fijar la pena, está integrado por la jueza Vanessa Macedo Font y los jueces Maximiliano Bagnat y Federico Sommer.

Al estafador, el 8 de marzo del año pasado, se le formularon cargos por 45 hechos de estafas en concurso real y en calidad de autor, de los cuales 43 habían sido cometidos bajo la modalidad de estafas inmobiliaria, mientras que las 2 restantes fueron bajo la modalidad de estafa financiera, por un monto aproximado de 1,2  millón de dólares.

Vale la pena repasar la modalidad de los hechos probados por la investigación judicial, con hechos registrado entre agosto de 2017 y diciembre de 2023:

- La primera fue en el ofrecimiento para la venta de unidades funcionales de un loteo, para luego al momento de suscribir los respectivos boletos de compraventa, colocar nomenclaturas catastrales correspondientes a otros lotes que ya habían sido vendidos, llegando a revender un mismo lote en más de oportunidad.

- La segunda modalidad adoptada consistió en plasmar en un boleto de compraventa nomenclaturas catastrales de una unidad funcional inexistente dentro del mismo loteo.

- La tercera fue vender unidades funcionales respecto de las cuales el acusado no era propietario, ni tenía poder conferido a su favor que le permitiese llevar a cabo las operaciones de venta concretadas.

 

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD