ELECTRICIDAD Y GAS

Todo lo que necesitás saber sobre la nueva tarifa social

¿Quienes acceden a la tarifa social? ¿Cuáles son los requisitos? ¡Mirá!
martes, 24 de mayo de 2016 · 11:21

Con la declaración de laEmergencia Energética hasta el 31 de diciembre de 2017, el Gobierno inició, en diciembre de 2015,la implementación de actualizaciones tarifariasque permitirán normalizar la situación delaenergíaeléctrica y del gas natural, mejorar la calidad del servicio, incentivar las inversiones y reducir los subsidios. 

La nuevaTarifa Social apunta a cuidar a los sectores más vulnerables de todo el paísotorgándoles el beneficio de acceder a los servicios con precios acordes a susituación de vulnerabilidad.

¿Quiénes acceden a la Tarifa Social? 

Titulares de serviciosque sean: 

Beneficiarias/os de programas sociales.

Jubilados/as y/o pensionados/asque percibanhaberes mensuales brutospor un totalmenor o igual a dos veces la jubilación mínima nacional: $9918vigente desde marzo de 2016, según Resolución 28/2016 de la Administración Nacional de la Seguridad Social. 

Trabajadores/as con remuneraciones mensuales brutas por un total menor o igual a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM): $12.120, según Resolución A 4/2015 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil, vigente a partir de enero 2016. 

Personas con discapacidad. 

Inscriptas/os en el Monotributo Social. 

Empleadas/os del servicio doméstico. 

Personas que cobren Seguro de Desempleo.

¿Desde cuándo rigen las nuevas tarifas? 

Comenzaron aaplicarse a los consumos de energía eléctrica desde el 1° de febrero de 2016.

Con respecto algas distribuido por redes, la aplicación comenzó a partir del 1° de abril de 2016y se vio en lasfacturasque llegaronen mayo.

¿Quiénes no acceden a la Tarifa Social? 

Aquellas personas que seanpropietarias de más de un inmueble, posean un vehículo de hasta 15 años de antigüedado tengan aeronaves o embarcaciones de lujo. 

¿Cumple con alguno de los siguientes requisitos? 

Ser jubilado/a y/o pensionado/a que perciba haberes mensuales brutos por un total menor o igual a dos veces la jubilación mínima nacional: $9918vigente desde marzo de 2016, según Resolución 28/2016 de la Administración Nacional de la Seguridad Social.

Ser trabajador/a con remuneración mensual bruta por un total menor o igual a dos Salarios Mínimos, Vitales y Móviles (SMVM): $12.120según Resolución A 4/2015 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil vigente a partir de enero 2016.

Ser beneficiaria/o de programas sociales.

Estar inscripta/o en el régimen de monotributo social

Ser empleada/o del servicio doméstico

Estar percibiendo el seguro de desempleoContar con certificado de discapacidad

Mantenete informado todo el día. Escuchá AM550 La Primera aquí

Seguinos por la tele, en CN247 aquí

Más de

Comentarios