VEREDICTO

Fuentealba II: hubo condenas por uso arbitrario de la fuerza

El tribunal también dictó absoluciones. El veredicto conformó a la querella.
jueves, 16 de marzo de 2023 · 16:03

Cinco ex policías, entre ellos el jefe de la fuerza, fueron condenados por el delito de abuso de autoridad, al no haber ordenado el cese del uso desmedido e ilegal de la fuerza durante la represión del 4 de abril de 2007 en la que fue asesinado el maestro Carlos Fuentealba en Arroyito. Un sexto policía fue culpado por abuso de armas y otros dos terminaron absueltos por el delito de encubrimiento agravado.

El integrante del tribunal, Luis Giorgetti, fue quien minutos después de la una y media de la tarde leyó el veredicto de la causa Fuentealba II, por la que se investigó la responsabilidad policial en el procedimiento de desalojo de docentes sobre la Ruta 22.

No solamente se dispusieron condenas, sino también absoluciones.

El primer caso analizado fue el del policía Benito Matus, que llegó a juicio acusado de abuso de armas y lesiones leves. Por la primera figura, fue declarado culpable ya que contraviniendo las especificaciones del uso de la escopeta antitumulto calibre 12/70, apuntó y disparó contra un vehículo en el que circulaba una docente, a la que pudo haber herido de gravedad.

Pero Matus fue absuelto por el beneficio de la duda en el otro hecho, en el que se le atribuyó haber lesionado de un culatazo en el hombro a un docente que caminaba con los brazos en alto.

En el caso de los oficiales Julio Lincoleo y Aquiles González, el tribunal no encontró motivos para culparlos del delito de encubrimiento agravado por ser funcionarios policiales. Concretamente, se los acusó de haber protegido al cabo Darío Poblete, homicida de Fuentealba, introduciéndolo en un vehículo especial para sacarlo de la escena con rumbo a Cutral Co. Para el tribunal no se pudo probar el encubrimiento por lo que resolvió absolverlo.

Los máximos responsables del diseño y ejecución del operativo policial, Carlos Zalazar, Moisés y Adolfo Soto, Mario Rinzafri y Jorge Garrido, presentes en la Ruta 22 ese 4 de abril, fueron declarados culpables de abuso de autoridad. Para el tribunal, omitieron dar las órdenes para cesar en el accionar represivo a los docentes –con abundante gas lacrimógeno y balas de goma- cuando éstos se retiraban de la ruta hacia la estación de servicios.

Giorgetti fue categórico al calificar de “arbitraria” e “ilegítima” la represión ejercida por los uniformados en las denominadas segunda y tercera fase del operativo (en la tercera fue asesinado Fuentealba). Y aseguró que los jefes de entonces no hicieron cesar esa situación, por lo que los declaró responsables penales de abuso de autoridad.

En cambio los absolvió por el delito de encubrimiento agravado.

Respecto del pedido de que se investigue al ex gobernador Jorge Sobisch realizado por el fiscal del juicio, Maximiliano Breide Obeid, Giorgetti señaló que “el fiscal no necesita autorización para iniciar una investigación” como la solicitada.

El veredicto dejó conforme a la querella, representada por los abogados Marcelo Medrano y Ricardo Mendaña, si bien al inicio del juicio había anticipado que contaba con elementos para condenar a todos por los delitos que les atribuyeron.

El próximo paso del juicio será la realización del juicio de cesura en el que se debatirán las penas que deberán cumplir Matus, por el abuso de armas, y Zalazar, Rinzafri, Moisés y Adolfo Soto y Garrido por abuso de autoridad.

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